El Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom) oficializó nuevos aumentos en los precios tanto de internet, televisión por cable y telefonía fija y móvil para el primer cuatrimestre de 2023.
De este modo, el Gobierno Nacional validó un incremento del 17,6% total en forma escalonada, con un 9,8% a partir de febrero y otro 7,8% desde el mes de abril.
Así lo dispuso el Enacom en el Boletín Oficial a través de la Resolución 2393/2022 que se publicó en el día de ayer, con la firma de Claudio Ambrosini, presidente del ente.
En concreto, estos aumentos son “para las licenciatarias de Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM), así como también para las de Servicios de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-I), Servicios de Telefonía Fija (STF), Servicios de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico (SRSVFR) y Servicios de Comunicación Audiovisual de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo satelital (DTH)”, explicó el comunicado.
Estas licenciatarias podrán implementar aumentos desde el 1 de febrero de 2023 con “un incremento en el valor de los precios minoristas de cualquiera de sus planes en la modalidad pospaga y/o mixta, en un porcentaje de hasta un 9,80%, tomando como referencia sus precios vigentes al 31 de enero de 2023″, detalló el escrito oficial.
En tanto, el segundo escalón en el incremento de precios podrá ser de hasta el 7,80% «sobre los mismos precios, tomando como referencia los valores actualizados y de conformidad con los términos del párrafo anterior».
Precios y disposiciones del Enacom
Dentro de los aumentos contemplados por el Enacom, fijaron los precios máximos en Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM) en la modalidad prepaga.
En este sentido, a partir de febrero la recarga de 50 MB de datos móviles por día será hasta de $43,40; el segundo de voz estará hasta $0,66 y los SMS no pasarán los $8,70. En todos los valores ya están los impuestos incluidos.
En tanto, desde el segundo escalón de aumentos en abril, esas mismas cifras se elevarán hasta un máximo de $46,80; $0,72 y $9,40, también, con impuestos contabilizados.
Por otra parte, el Enacom establece sobre las licenciatarias de servicios que ante “cualquier incremento sobre los precios minoristas y que supere los valores expresamente autorizados por las Resoluciones citadas en los Artículos anteriores o en la presente, deberá ser reintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir”.
Dichos reintegros deberán ser “con actualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a sus clientes por mora en el pago de facturas”.
En esta línea, Enacom alerta que en caso de algún usuarie no abonare su factura con incrementos superiores a los autorizados, las prestadoras se deberán abstener de computar los plazos legales y una posible suspensión del servicio.
Por último, la Resolución aclara que el incumplimiento por parte de las prestadoras se entiende violatorio y dará lugar “a la aplicación de sanciones”.