jueves 26 de diciembre de 2024

Plebiscito Constitucional en Chile: las primeras fake news 

Tras la circulación de información que aseguraba que el borrador era idéntico a la Constitución boliviana y la noticia de que les extranjeres recién llegades podrían votar en el país, el medio de fact-checking Mala Espina y el Servicio Electoral chileno desmintieron ambos rumores
1 Fuente Red Accion Julian Bernadaz
Twitter es la principal plataforma utilizada para construir fake news acerca del Plebiscito Constitucional el próximo 4 de septiembre. Crédito: Red Acción.

En las últimas horas, Mala Espina, el medio chileno dedicado al fact-checking, y el Servicio Electoral de Chile (SERVEL) hallaron las primeras noticias falsas sobre el Plebiscito Constitucional. Mientras el pueblo trasandino espera al 4 de septiembre para decidir si aprueba o rechaza el escrito ya presentado, las fake news no dejan de crecer y desinformar en diversas plataformas sociales.

El pasado 16 de mayo, la Convención Constitucional presentó el borrador con el texto aprobado. El escrito incluye 388 artículos y 57 disposiciones transitorias divididos en ocho capítulos y alcanza las 48 mil palabras. De esta forma, el pueblo chileno tiene la oportunidad histórica de dejar atrás la Carta Fundamental de 1980 ligada a la dictadura de Augusto Pinochet.

Tras el fuerte reclamo iniciado en 2019, que dejó casi 30 personas muertas y miles de herides, comenzó este camino de reconstrucción constitucional. Un año más tarde, inició el proceso gracias al primer plebiscito. De esta forma, avanzó la nueva Constitución, que será aprobada o no en septiembre. La sumatoria de 259 artículos prevé eliminar la mirada neoliberal, ampliar derechos y desarrollar un sistema de salud y educación pública.

Sin embargo, en las últimas semanas tomaron mayor protagonismo las desinformaciones sobre la nueva Constitución y el Plebiscito. Por esta razón, en Nota al Pie repasamos todas las fake news.

2 Fuente Biobiochile.cl1 Julian Bernadaz
Teresa Marinovic, directora ejecutiva de Fundación Nueva Mente, acusó al proyecto constitucional chileno por “plagio” de la Constitución de Bolivia. Créditos: bibiochile.cl.

La inexacta comparación entre Chile y Bolivia

Pese a que el escrito está aprobado hace algunos meses, el 4 de julio se realizó la ceremonia de cierre de la Convención Constitucional. Luego de la entrega definitiva al presidente chileno, Gabriel Boric, comenzaron a surgir las primeras noticias falsas. Una comparación entre la propuesta constitucional de Chile y la actual Constitución de Bolivia creó la primera fake news.

A través de redes sociales, la ex convencional por el distrito N.º 10, Teresa Marinovic, y el ingeniero chileno, Mario Waissbluth, promovieron esta comparación. Por su parte, Mala Espina certificó que existen semejanzas entre los artículos, pero no son exactos. Además, reafirmaron que existen anotaciones incorrectas en todo el escrito, a excepción de los artículos 1, 5 y 32.

Por otra parte, de acuerdo con el Centro de Estudios Públicos de Chile, el proyecto chileno presenta similitudes semánticas con el constitucionalismo latinoamericano. No obstante, halla puntos de contactos con Bolivia, Ecuador, Colombia y Venezuela, pero también hay semejanzas con países europeos. Asimismo, Chile desarrolla posturas propias dentro de esta nueva propuesta.

Plebiscito Constitucional: similitudes y diferencias con la Constitución de Bolivia

El proyecto de Mala Espina, Lupa Constitucional, realizó un estudio detallado sobre las posibles similitudes y diferencias entre ambas constituciones. Dentro del cuadro comparativo que contraponía once artículos del borrador con diez de la Constitución de Bolivia, el medio halló diferencias significativas. 

Primero, observó que el N.º 92 no refiere a personas afrodescendientes, como aseguran las comparaciones en Twitter. En este sentido, el artículo propone la libertad de participar en la vida cultural y artística con el propósito de crear y difundir las culturas y el arte. Ahora bien, lo mismo sucede con los otros puntos; no hay semejanza alguna en el escrito de éstos.

En segundo lugar, la imagen difundida en redes confirma que el artículo 200 remite a la autonomía comunal. Pero, en verdad, está contemplado en el 201. La Carta Fundamental define con mayor precisión a la comuna autónoma, su clasificación y los criterios para establecer los diversos tipos. Sin embargo, el artículo 283 de la Constitución de Bolivia es aún más escueto en la materia.

3 fuente Nueva Sociedad Julian Bernadaz
SERVEL trabaja en sus redes sociales para derribar noticias falsas sobre la incorporación de extranjeres sin certificado de residente definitivo al padrón electoral para votar en el Plebiscito Constitucional. Crédito: Nueva Sociedad.

Fakes news sobre el sufragio de extranjeres

Las redes sociales protagonizaron la difusión de noticias falsas alrededor del Plebiscito Constitucional. En este caso, usuaries difundieron que les extranjeres con menos de cinco años de residencia definitiva podrán sufragar. Sin embargo, el SERVEL certificó que estos tuits comparten información incorrecta. Por ello, el Servicio Nacional de Migraciones acompañó esta postura.

“Sin la posibilidad de verificar datos en la carta, la denuncia realizada en redes no es creíble y desinforma”, ratificó el SERVEL en Twitter. De este modo, desestimó la primera mentira, pero enseguida surgieron casos similares. Unas semanas más tarde, un nuevo posteo instaló que las autoridades entregaban permisos de votaciones a venezolanes con un año de residencia. 

Ahora bien, a través de la cuenta oficial del Servicio Electoral, reafirmaron que “la persona aludida en la cédula de identidad no se encuentra inscrita en el Registro Electoral”. El principal requisito es la residencia definitiva por al menos cinco años. En consecuencia, desde el organismo certificaron que le votante deberá cumplir con los requisitos mínimos e indispensables para poder sufragar. 

Plebiscito Constitucional: los requisitos básicos para votar en Chile

El trabajo del SERVEL es clave durante estos últimos días. Desde el organismo, revalidaron que la permanencia en Chile durante cinco años es el principal requisito para participar del Plebiscito Constitucional. De este modo, solo quienes cumplan con este punto y sean mayores de 18 años, certificado por el Servicio Nacional de Migraciones, estarán habilitades.

Asimismo, el sitio web Chile Atiende recordó que el carnet de identidad para extranjeres no es suficiente para poder votar. Esto se debe a que podrá tramitarlo 30 días después de recibir la visa, pero aún no sufragará porque no cumplirá con los años necesarios para hacerlo. Además, la persona votante no podrá tener condena a penas aflictivas superiores a tres años y un día.

En definitiva, les extranjeres irregulares quedarán fuera de la votación si no cumplen con estos requisitos. Por esta razón, solo la Constitución de Chile determina quienes estarán capacitades para sufragar. Los artículos 13 y 14 de la máxima ley concertan las características básicas para elegir.

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