La revolución de las feministas y sus pañuelos verdes en Argentina se extendió por toda América. Y ha conseguido que distintos países permitan interrumpir un embarazo de manera legal y segura. Sin embargo, algunos naciones aún hoy mantienen severas restricciones.
En Argentina el 24 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 27.610 que amplió los derechos vinculados a la interrupción del embarazo. Dicha legislación regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo. Y además ofrece la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar.
De aplicación obligatoria en todo el país, establece que las mujeres y personas gestantes tienen derecho a interrumpir su embarazo hasta la semana catorce inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión o siempre que el embarazo sea resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud.
Avances por el aborto en América Latina
La marea verde avanzó en América Latina pero los retos para las activistas defensoras del derecho al aborto siguen siendo múltiples a lo largo de la región. El logro más reciente ocurrió en febrero, cuando la Corte Constitucional de Colombia decidió despenalizar el aborto hasta la semana 24 de gestación.
En la región algo similar ocurre con Cuba, Puerto Rico y Uruguay, donde las personas gestantes pueden interrumpir su embarazo antes de entrar en la semana 12 de gestación. Cuba y Puerto Rico fueron pioneros en el tema, dado que despenalizaron el aborto en el siglo pasado.
En otros países el aborto está permitido, pero siempre que se puedan probar las causales establecidas. Por ejemplo, Paraguay, Venezuela, Guatemala, Perú y Costa Rica tienen algunas de las legislaciones más restrictivas y solo despenalizan el aborto en caso de que la vida de la persona embarazada corra peligro.
Por su parte, Chile y Brasil incluyen también en sus códigos penales las variables de violación e inviabilidad del feto. Además de las anteriores, en Bolivia se incluye la causal de incesto y, en Belice factores socioeconómicos. En Ecuador, en cambio, el aborto es legal por tres causales que son el riesgo a la vida de la mujer, inviabilidad del feto y violación.
Chile y su nuevo presidente, una posibilidad
En Chile, con la asunción de su nuevo presidente Boric, las feministas parecieran estar más cerca de sus derechos. En la nueva carta magna que se debate en la Convención Constitucional se propuso transformar en ley la interrupción voluntaria del embarazo. El derecho, ingresado a través del mecanismo de iniciativa popular, fue incorporado en el texto de la nueva constitución.
El proyecto de nueva Constitución deberá estar listo en julio para luego ponerse a plebiscito de la ciudadanía. La incorporación del derecho al aborto fue aprobado por 108 convencionales, tuvo 39 rechazos y seis abstenciones. Mientras tanto la actual legislación chilena permite el aborto bajo tres causales: inviabilidad fetal, violación o riesgo de la vida de madre. Fuera de estos casos, la pena es de hasta cinco años de prisión.
Retrocesos de esta lucha
Por su parte, en México, el aborto está despenalizado en solo 7 de los 32 estados. En dicho país cada una de las entidades federativas dispone de su propia legislación sobre el aborto, es decir, que las restricciones varían según el estado. Sin embargo, en todos es legal en caso de violación.
Esto se debe a que en septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) declaró por unanimidad que es inconstitucional la legislación de Coahuila que penaliza el aborto en la primera etapa del embarazo, por lo que el estado norteño deberá modificar su Código Penal. Hasta el momento solo en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz está permitido el aborto libre y sin condiciones durante las 12 primeras semanas de gestación.
A diferencia de los países mencionados anteriormente hay territorios en América Latina en los que el aborto está prohibido rotundamente. En El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana y Haití la interrupción voluntaria del embarazo está contemplada en los códigos penales y no hay excepciones.
En la misma línea, el 8 de marzo pasado Guatemala sancionó una reforma legal que endurece las penas en casos de aborto. Además, prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo y las políticas públicas y educativas que apliquen perspectiva de género y respeten las identidades autopercibidas.
La aprobación ocurrió en vísperas de que el presidente Alejandro Giammattei oficialice la anunciada designación de Guatemala como «Capital Iberoamericana Provida». La norma, que fue llamada «Ley para la Protección de la Vida y la Familia«, establece penas de hasta 10 años de cárcel a «la mujer que causare su aborto o consintiere que otra persona se lo cause».
Las feministas sostienen que la mortalidad materna es proporcional al grado de restricción sobre el acceso al aborto. Pero también es interseccional con las desigualdades socio-económicas de las mujeres que se someten al procedimiento. Hasta el momento, la criminalización solo empuja a las mujeres a la clandestinidad.