El pasado 28 de diciembre, a través de sus redes, la Asociación de Amigos del Río San Antonio (ADARSA) anunciaba la creación de un Área Protegida Intangible de bosques nativos en la zona conocida como Playa de los hippies, Cuesta Blanca, provincia de Córdoba.
Por medio de la Resolución 39/2021 se protegieron alrededor de 408 hectáreas, prohibiendo modificaciones de suelo, alteración del ecosistema existente, estableciendo infracciones y sanciones hacia quienes infrinjan ello.
Unides por la naturaleza
En diálogo con Nota al Pie Fernando Barri, Dr. en Cs. Biológicas, docente de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y miembro de Adarsa ONG, afirmó que hace aproximadamente unos 6 años un grupo de vecines que forman parte de distintas organizaciones ambientales, como Ecosistemas Argentinos y Adarsa, solicitaron tanto a la provincia como la comuna que declaren reserva a esa zona en particular.
El Dr. en Ciencias Biológicas informó que, en primer lugar, elaboraron un proyecto para la provincia que no prosperó. Luego, debido al cambio de gestión comunal, comenzaron a insistir para que la propia comuna sea la que elabore la norma.
Finalmente, tras un tiempo de idas y vueltas, se aprobó el proyecto. “Más allá de que la ley de bosques establecía que se debería proteger, necesitábamos una norma local con la cual pudiéramos intervenir ante los intentos de urbanización ilegal o cualquier intervención que pudiera afectar el bosque nativo” explicó Barri.
“Asimismo, las autoridades locales podrán actuar en forma rápida sin tener que esperar que venga policía ambiental u otros organismos de la provincia. Por otro lado, al ser una de las zonas mejor conservadas en la región, mantenerla en óptimas condiciones reduce el riesgo de incendio” mencionó el entrevistado.
A su vez, extendió el compromiso a la ciudadanía. “Es muy importante que los habitantes de la región y los visitantes se apropien de ese lugar como reserva. Si bien ya lo visitaban por la calidad del agua del río san Antonio y el paisaje; el hecho de que sea reserva de alguna manera nos compromete a todos a que la cuidemos como tal” aseveró el docente de la UNC.
Resolución 39/2021
La resolución mencionada, afirma en su artículo 3 que se prohíbe cualquier actividad que genere un cambio de uso de suelo o que genere pérdida de cobertura vegetal nativa. Incluyendo urbanizaciones, actividad minera, agrícola y ganadera intensiva. Les uniques exceptuades son quienes poseen viviendas rurales u obras de infraestructuras preexistentes a la aprobación de la norma.
Asimismo, el artículo 6 establece que las infracciones y sanciones implementadas serán las expuestas en el 7° capítulo de la ley 9814.
Ante esta adhesión la ONG a través de un comunicado calificó como error la adhesión a la Ley 9814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos. Argumentaron que debido a su carácter provincial no era necesario y asimismo señalaron que la mencionada norma no contempla las zonas rojas.
“Ahora esperamos que se concrete la conservación efectiva a través de un plan de manejo, presupuesto, cartelería y personal para cuidar el lugar como los guardaparques” concluyó Barri.