
En la noche del martes, la Cรกmara de Diputades convirtiรณ en ley el proyecto de etiquetado frontal de alimentos. Una iniciativa que busca advertir a les consumidores productos que pueden contener sustancias nocivas para la salud.
En particular, aquellos que contengan excesos de grasas, sodio y azรบcares, y que pueden generar obesidad, hipertensiรณn y los riesgos cardรญacos.
Con 18 diputades ausentes al momento de la votaciรณn, el proyecto sumรณ 200 votos a favor; 22 en contra y 16 abstenciones. Esta fue la primera reuniรณn presencial en la Cรกmara luego de la forma de trabajo mixta por la pandemia de Covid.
El dictamen prevรฉ la incorporaciรณn en el frente de los envases de los productos ultraprocesados una etiqueta con forma de octรณgono negro con letras blancas.
Repaso de los principales puntos
Estos son los principales puntos los principales puntos del proyecto del etiquetado frontal de alimentos, segรบn informรณ Tรฉlam:
- El proyecto advierte a les consumidores sobre los excesos de componentes como azรบcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorรญas, a partir de informaciรณn clara, oportuna y veraz.
- Promueve la prevenciรณn de la malnutriciรณn en la poblaciรณn y la reducciรณn de enfermedades crรณnicas no transmisibles.
- Estรก dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercializaciรณn de alimentos y bebidas analcohรณlicas de consumo humano, en todo el territorio de la Repรบblica Argentina.
- Los alimentos y bebidas analcohรณlicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como ยซExceso en azรบcaresยป, ยซExceso en sodioยป, ยซExceso en grasas saturadasยป, ยซExceso en grasas totalesยป, y/o ยซExceso en calorรญasยป.
- En caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: ยซContiene edulcorantes, no recomendable en niรฑos/asยป.
- En caso de contener cafeรญna, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: ยซContiene cafeรญna. Evitar en niรฑos/asยป.
- El sello adoptarรก la forma de octรณgonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayรบsculas.
- El tamaรฑo de cada sello no serรก nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
- No podrรก estar cubierto de forma parcial o total por ningรบn otro elemento. En caso de que el รกrea de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centรญmetros cuadrados y contenga mรกs de un sello, la autoridad de aplicaciรณn determinarรก la forma adecuada de colocaciรณn de los sellos.
- Los valores mรกximos de azรบcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los lรญmites del Perfil de Nutrientes de la Organizaciรณn Panamericana de la Salud.
- Se exceptรบa de la colocaciรณn de sello en la cara principal al azรบcar comรบn, aceites vegetales y frutos secos.
- Se prohรญbe que los alimentos y bebidas analcohรณlicas que contengan algรบn sello de advertencia incorporen en sus envases informaciรณn nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades cientรญficas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcรฉtera.
- Se prohรญbe toda forma de publicidad, promociรณn y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohรณlicas envasados con al menos un sello de advertencia que estรฉ dirigida especialmente a niรฑes y adolescentes.
- Se prohรญbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
- Se prohรญbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como asรญ tambiรฉn la participaciรณn o promesa de participaciรณn en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
- Se prohรญbe la promociรณn o entrega a tรญtulo gratuito de productos con octรณgonos.
- El Consejo Federal de Educaciรณn deberรก promover la inclusiรณn de actividades didรกcticas y de polรญticas que establezcan los contenidos mรญnimos de educaciรณn alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del paรญs.
- Los alimentos y bebidas analcohรณlicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
- El Estado nacional priorizarรก las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohรณlicas que no cuenten con sellos de advertencia.
- Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulaciรณn del texto del Cรณdigo Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.