La breve y transitoria tregua entre el Gobierno y la Confederación General del Trabajo (CGT) llegó a su fin tras conocerse el anuncio del segundo paro nacional, impulsado por la multisindical para la primera semana del próximo mes de mayo.
Con esta medida, los sindicatos que habían prometido “mantener la paz social” rompieron su promesa y recibieron como respuesta, el respaldo que el ejecutivo brindó al proyecto que modifica el régimen de trabajo impulsado por senadores y diputades radicales.
A partir de ahora, el intento de reforma llevado adelante por la Unión Cívica Radical (UCR) se incorporará en el dictamen de la Ley de Bases. Por otro lado, desde la casa de gobierno admiten la decepción y el quiebre con la central de les trabajadores.
La iniciativa radical, que generó el rechazo de la confederación, busca eliminar las cuotas sindicales, estableciendo nuevos mecanismos de indemnización y extendiendo el período de prueba laboral, entre otros puntos.
Algunas de estas cuestiones ya estaban dentro del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 que Javier Milei rubricó en diciembre del 2023 y que por el momento se encuentra frenado en la justicia a propósito del capítulo laboral.
Como reacción al paro anunciado por los gremios, el Jefe de Gabinete Nicolás Posse recibió a les referentes de la “oposición” para tratar el asunto. El funcionario se mostró favorable al espíritu de la reforma y expresó que la intención es analizarla y eventualmente incorporar al proyecto de la Ley de Bases que espera ingresar formalmente a diputados en un futuro cercano.
Beneficio para empleadores y freno a la actividad gremial
La iniciativa radical plantea, entre otros aspectos, la eliminación de las contribuciones solidarias a los sindicatos. La normativa actual permite que los convenios colectivos incluyan una cuota extra tanto para afiliados como para no afiliados: la propuesta de modificación los prohíbe por completo.
Las organizaciones gremiales “no podrán recibir ayuda económica de empleadores, ni de organismos políticos nacionales o extranjeros”. Esta restricción no alcanza a los aportes que los empleadores realicen en virtud de disposiciones legales respecto de trabajadores afiliades a la una entidad sindical durante su permanencia en la misma.
El proyecto, además, busca garantizar que representantes sindicales, delegades, autoridades de sección, comisiones internas u organismos similares dentro de la empresa, gocen del derecho a convocar asambleas y congresos “sin perjudicar las actividades normales de la empresa o afectar a terceros”. Esta es una de las cuestiones resistidas por los gremios.
Por otro lado, la propuesta de reforma busca reducir sensiblemente la litigiosidad, por medio de la “derogación de artículos y leyes que complejizan el marco laboral actual y fomentan” una multiplicidad de juicios que, se supone, hacen menos competitiva la actividad económica.
El objetivo de este punto es disminuir, para les empleadores, la incertidumbre sobre los costos de contratación y despido que genera la determinación en juicio de la indemnización. Asimismo, la normativa establece una fuerte reducción de multas por trabajo no registrado para calcular las indemnizaciones.
Más límites, reformas y sanciones a los derechos laborales
Respecto de los planes de lucha, la iniciativa de la UCR prohíbe “afectar la libertad de trabajo de quienes no adhieran a una medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; provocar el bloqueo o tomar un establecimiento; impedir u obstruir total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento”.
El texto continúa: “ocasionar daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o retenerlas indebidamente».
Este punto es sumamente controversial, puesto que hasta dentro del mismo gobierno evalúan su impacto y cómo podrían tomar dicha disposición algunos sectores gremiales de relevancia, como la organización de camioneros de Hugo Moyano y otras entidades.
En este sentido, el documento del bloque radical prevé que, en caso de verificarse este tipo de conductas mediante la acción directa de las organizaciones gremiales, “la entidad responsable será pasible de la aplicación de las sanciones que establezca la reglamentación, una vez cumplimentado el procedimiento”.
Además, el texto impone más límites a la acción sindical en tanto establece que los conflictos colectivos que “pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental, quedan sujetos a garantías de prestación de servicios mínimos”.
En cuanto a las relaciones contractuales, el proyecto, considera que el período de prueba laboral deberá ser celebrado durante los primeros 6 meses de vigencia. «Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin expresión de causa, sin derecho a indemnización” (aunque debe contar con preaviso). Este es otro punto polémico que será objetado por los gremios.
Más detalles del proyecto y un nuevo avance sobre les docentes
El proyecto propuesto por la Unión Cívica Radical prevé otras reformas que a continuación, iremos destacando brevemente:
- “Reducción de la carga fiscal sobre el empleo: Proponer la actualización de la deducción aplicable a la base imponible de las contribuciones patronales, vinculándola al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), y hasta 5 empleados.” Este aspecto busca reducir el costo laboral, especialmente para las PyMEs y formalizar el empleo.
- “Educación como servicio estratégico esencial: Establecer la educación en los ciclos de escolaridad obligatoria como un derecho humano fundamental, limitando los conflictos colectivos de trabajo que pongan en riesgo este derecho”. Los establecimientos deben permanecer abiertos a pesar de la inactividad por huelga.
- “Mecanismos sustitutivos de indemnización: establecer por convenio colectivo un fondo de cese laboral a cargo del empleador (con un aporte de hasta 8% de la remuneración) y dar la opción a un sistema de capitalización o seguro para solventar la indemnización”.
- “Protección contra el despido por discriminación: agravamiento de hasta un 100% en la indemnización por despido motivado por un acto discriminatorio por motivos de etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología, u opinión política”.
- “Registro laboral: Implementar de un sistema simplificado y electrónico para la registración laboral, asegurando eficiencia y simplificación de los trámites”.