Este jueves, el presidente Javier Milei anunció que retirará el proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, tras el gran revés que sufrió en la Cámara Baja cuando legisladores y gobernadores decidieron no acompañar algunos de los puntos que el Ejecutivo definió como fundamentales. Si bien esto trasciende como la primera derrota del gobierno libertario, el oficialismo todavía tiene a su favor la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 (DNU), que desregula la economía.
El DNU, la herramienta legislativa que otorga al Ejecutivo la capacidad de legislar en situaciones extraordinarias sin la necesidad de pasar por el Congreso en primera instancia, está vigente desde el 29 de diciembre, 8 días después de ser publicado en el Boletín Oficial por orden del mandatario libertario. Pero, ¿qué significa esto? El decreto establece la desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional.
Es así que continúan vigentes la mayoría de sus puntos como la derogación de la Ley de Alquileres, de Góndolas, de Abastecimiento y la Ley de Compre Nacional, la transformación de las empresas estatales a sociedades anónimas o las modificaciones en el Código Civil y Comercial, entre otras. Sin embargo, hay al menos 6 medidas cautelares que obligaron a la Justicia a suspender la aplicación de ciertos capítulos como las reformas laborales y artículos referidos a las Sociedades Anónimas Deportivas.
Si bien las Cámaras legislativas ya deberían haber empezado con el tratamiento del DNU, el debate por la Ley Ómnibus se llevó toda la atención durante estas semanas. Por esta razón, desde la oposición comenzaron a presionar para debatir el decreto en la Cámara Alta con la intención de conseguir los votos necesarios para su rechazo.
En tanto, la Corte Suprema, con la feria judicial ya terminada, tiene que resolver demandas vinculadas al decreto de desregulación económica.
¿Hasta cuándo estará vigente el DNU?
El DNU entra en vigencia inmediatamente desde que es dictado por el presidente y dura hasta tanto no sea rechazado por las dos Cámaras legislativas. Por lo tanto, continuará siendo válido hasta ser tratado por el pleno de las Cámaras de Diputados y Senadores.
El Congreso puede rechazar el DNU en tanto consiga los votos mayoritarios en las cámaras legislativas. Si alguna lo aprueba, continúa vigente, al igual que si alguna de ellas no lo trata. Pero en caso de ser rechazado por ambas Cámaras, el decreto de desregulación de la economía sería derogado. Cabe mencionar que la Ley 26.122 del 2006 establece que el Congreso no puede modificar un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Ejecutivo, sólo puede aceptarlo o rechazarlo.
Antes de pasar a alguna de las Cámaras Legislativas, el jefe de Gabinete debe enviarlo a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo. Esta debe estar compuesta por miembres de las dos cámaras: 8 senadores y 8 diputades, designades por las autoridades del Senado, Victoria Villarruel, y el presidente de Diputados, Martín Menem. Sin embargo, la Comisión Bicameral todavía no está conformada.
En la actualidad, La Libertad Avanza (LLA) suma 38 diputades y 7 senadores. Al no tener el piso de legisladores necesarios para alcanzar el quórum propio, el bloque libertario deberá negociar con otros bloques para alcanzarlo.
Mientras tanto, tras el fracaso del tratamiento de la Ley Ómnibus en el Congreso, desde el bloque de senadores de Unión por la Patria (UxP) intentan aprovechar el impulso y los enojos de la oposición dialoguista con el oficialismo para llevar el DNU a discusión en la Cámara Alta. En total, el bloque peronista cuenta con 33 senadores y necesita cuatro más para alcanzar el quórum y exigir una sesión especial. No obstante, Villarruel ya se negó a convocar a una sesión especial y nada parece indicar que lo hará próximamente.
¿Qué puntos continúan vigentes?
Entre los puntos que más revuelo causaron con la vigencia del DNU se encuentran las reformas laborales. En este marco, la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), así como sindicatos de diferentes sectores, presentaron acciones legales argumentando la inconstitucionalidad de dichas reformas. A partir del amparo, el fuero laboral dictó por lo menos 6 medidas cautelares que suspendieron la aplicación de las reformas laborales que planteaba el decreto.
Asimismo, un pedido de inconstitucionalidad por parte de la Liga de Fútbol de Salto Asociación Civil logró impedir que los clubes y entidades deportivas asuman como la figura legal de Sociedades Anónimas Deportivas.
Por otro lado, la Justicia de Misiones, tras una acción de amparo de pequeños productores de la provincia para pedir la declaración de inconstitucionalidad, suspendió las modificaciones vinculadas con la Yerba Mate que, entre otros puntos, le quitaba al Instituto Nacional de la Yerba Mate, el rol de fijador de precios.
Pese a estos logros, aún hay decenas de demandas por los puntos que continúan vigentes del DNU. Entre ellos están la derogación de la Ley de Alquileres, la Ley de Góndolas, la Ley de Abastecimiento y la Ley de Compre Nacional. Así como la transformación de las empresas del Estado en sociedades anónimas; los cambios en el Código Aduanero, en el mercado aerocomercial, en el energético, el minero, en el de las agencias de viajes; las modificaciones al Código Civil y Comercial; y las modificaciones en materia de salud.
Además, continúa vigente el aumento en las cuotas de las empresas de medicina prepagas, aunque la justicia suspendió su aplicación luego de demandas particulares que solo se aplican a quienes realizaron las medidas cautelares.
El rol de la Justicia
Tras la finalización de la feria judicial de verano, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reanudó su actividad. Entre las múltiples demandas presentadas por diferentes sectores que tiene por resolver, el alto tribunal deberá tratar la petición del gobierno de La Rioja contra el DNU de Milei.
El 29 de diciembre, el gobierno de La Rioja le solicitó a la Corte Suprema que dicte una medida cautelar para suspender de inmediato la aplicación del DNU y que asuma la “competencia originaria”. Si bien el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó que le corresponde a la Corte Suprema intervenir en dicha demanda, el alto tribunal decidió posponerla hasta que termine la feria judicial.
El gobernador riojano, Ricardo Quintela, respaldado legalmente por Eugenio Raúl Zaffaroni y Gustavo Ferreyra, presentó una “acción declarativa de certeza” exigiendo que se declare “la nulidad absoluta e insanable del decreto n°70/2023 por resultar manifiestamente contrario a la Constitución”. En su reclamo, enfatizó que el DNU atenta contra el federalismo, la institucionalidad y el sistema democrático, así como vulnera derechos laborales, sociales, económicos y culturales de la sociedad argentina. “El Poder Ejecutivo actúa fuera de los protocolos contemplados por la Constitución”, denunció.