El decreto de necesidad y urgencia (DNU) dado a conocer por el Gobierno nacional establece un nuevo marco regulatorio que también dedica un apartado para la Medicina Prepaga y modificaciones en la ley de Obras Sociales.
Dentro de ese paquete que modifica más de 300 leyes vigentes, se determinó que deben ser derogados los artículos que permiten «revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones» de las empresas de medicina prepaga. Asimismo, elimina la obligatoriedad de las prepagas de «transferir en caso de quiebra, cierre o cesación de actividades» a sus afiliados a otros prestadores.
Las modificaciones en salud
En los 61 artículos dedicados a la salud se destacan la liberación de precios en las cuotas de las prepagas, la modificación en la ley de medicamentos genéricos, la transición hacia la receta digital y desregulaciones para la actividad farmacéutica.
Es así que se modifica la ley de Obras Sociales Nº 23.660 y determina que las obras sociales sindicales, estatales, de administración mixta, del personal civil y militar, «funcionarán como entidades de derecho público no estatal, con individualidad jurídica, financiera y administrativa».
En la misma línea, la modificación a la Ley 26.682 (aprobada en 2011) le quita la potestad al Estado de «revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones» y elimina la comisión permanente que regulaba las prepagas que contaba con representantes del Ministerio de Salud y de Economía, al igual que el Consejo Permanente de Concertación que contaban con integrantes ad-honorem de Salud, y entidades representativas de los usuarios y las empresas.
Por otra parte, se toman medidas en torno a la utilización de medicamentos por su nombre genérico. «Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración», expresa el documento.
Además, establece que se puede prescribir y dispensar medicamentos a través de recetas electrónicas, firmadas a través de plataformas habilitadas para tal fin, como las de teleasistencia.
¿Aumentan las prepagas?
A la luz de las decisiones comunicadas por el gobierno de Javier Milei, las repercusiones no demoraron. El día jueves 21 de diciembre, el presidente de Swiss Medical Group (una de las 4 más importantes del país), Claudio Belocopitt señaló que si seguía así «iba a chocar contra una montaña”.
Al mismo tiempo recordó que en enero entrará en vigencia un aumento de entre 40% y 50% para los afiliados de prepagas. “No estoy contento de tomar estas medidas, pero la industria farmacéutica nos viene con aumentos del 100% o 120% en los medicamentos y nosotros no podemos decirles que paramos de comprarles”, dijo.
Derecho al aborto legal, seguro y gratuito ¿qué pasará?
Dentro de las modificaciones cabe preguntarse qué pasará con la producción nacional de Misoprostol y Mifepristona. Esta preocupación se desprende de la desaparición de las figuras jurídicas de las Sociedades del Estado y la derogación de la Ley N° 27.113, propuesta en el artículo 264 del DNU, se suprime la «Agencia Nacional de Laboratorios Públicos«.
Es por ello, que el Laboratorio Industrial Farmacéutico (LIF) de la provincia de Santa Fe que es Sociedad del Estado provincial y se encuentra en “alerta”, según su directora Elida Formente.
Dicha institución es la primera en Latinoamérica en producir en producir y distribuir mifepristona, un medicamento que, junto al misoprostol, constituye el procedimiento más eficaz para abortos.