Luego de una denuncia penal hacia la Policía Bonaerense realizada por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el Poder Judicial falló contra la detención de niñes y adolescentes en comisarías.
El organismo de Derechos Humanos había presentado la denuncia frente a un polémico procedimiento que la Policía de la Seccional Segunda de Ensenada, en la provincia de Buenos Aires, llevó adelante en febrero pasado.
El 18 de ese mes, tras un llamado por un caso de violencia de género, les agentes acudieron a una vivienda para detener a la persona denunciada. Sin embargo, una vez en el domicilio, la policía también se llevó detenides a dos menores de edad, sobrines del hombre acusado.
Según se supo, la fuerza de seguridad irrumpió en la vivienda sin una orden judicial ni presencia fiscal. Asimismo, testigues afirmaron que, además de detener a un niño de 13 y una niña de 15, la policía agredió a otro menor de 8 años, que sería hermano del denunciado.
Detención ilegal de niñes
El hecho ocurrido en febrero pasado llegó a manos de la CPM a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Municipalidad de Ensenada. Previamente, desde la subsecretaría se había realizado un informe de diagnóstico sobre “el deficiente y arbitrario accionar policial respecto al paradigma de protección y promoción de los derechos de la niñez”.
De esta manera, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, el organismo denunció a la Policía Bonaerense. Asimismo, presentó un habeas corpus colectivo y de carácter preventivo a favor de todes les niñes que habiten o circulen por la jurisdicción de aquella dependencia. Cabe destacar que la demanda contó con el acompañamiento de la Defensoría del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil 15 de La Plata, a cargo de Ricardo Berenguer.
Además de detener ilegalmente a les niñes, gracias a los testimonios se supo que la policía también les agredió física y verbalmente. Incluso, el de 13 años fue trasladado a un calabozo, donde estuvo casi cuatro horas incomunicado y sin intervención de ninguna fiscalía ni del organismo provincial de niñez.
Tras llegar el caso a instancias judiciales, la Justicia decidió fallar en contra de las aprehensiones policiales de niñes y adolescentes, y su alojamiento en las comisarías de la Provincia.
¿Qué dijo la jueza a cargo del caso?
La resolución corresponde al habeas corpus adoptado por la titular del Juzgado de Garantías del Joven 1 de La Plata, la jueza María José Lescano.
En su fallo, Lescano ordenó al Ministerio de Seguridad bonaerense y a la Seccional Segunda de Ensenada que arbitren los medios necesarios “a los efectos de que el personal a su cargo se abstenga de realizar cualquier acto que no se halle fundado en la ley”.
En ese sentido, la magistrada consideró que el accionar policial “ha constituido una acción ilegal que de manera directa ha amenazado y restringido la libertad personal del niño M. M. y que de manera indirecta ha supuesto también un riesgo de afectación a la libertad ambulatoria de un colectivo, de niños, niñas y adolescentes que se encuentran o habitan en la jurisdicción de la Comisaría Segunda de Ensenada”.
En tanto, el reciente fallo está vinculado con lo prescripto por la Ley bonaerense de Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños, como también de resoluciones del propio Ministerio de Seguridad de la Provincia y de la Organización de Naciones Unidas (ONU). Asimismo, coincide con otro fallo del Tribunal de Casación Penal bonaerense de 2014, el cual ordena la separación entre niños y adultos en contextos de encierro y prohíbe el alojamiento de niñas, niños y adolescentes en comisarías.