El reciente nombramiento por decreto de dos jueces varones en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin la intervención del Senado, generó un fuerte rechazo en diversos sectores políticos y judiciales. La medida, que se concretó a través del Decreto 137/2025, representa una grave amenaza para la independencia del Poder Judicial y vulnera el principio de equidad de género en la composición del máximo tribunal.
Un avasallamiento a la división de poderes
La decisión del Ejecutivo se aparta del procedimiento establecido en la Constitución Nacional, el cual exige el acuerdo del Senado con una mayoría agravada de dos tercios para la designación de jueces de la Corte Suprema. Este requisito busca evitar que un solo partido político imponga su criterio en la composición del tribunal. La facultad presidencial de realizar nombramientos en comisión durante el receso legislativo es una práctica controvertida y, en este caso, ha sido utilizada de manera abusiva.
El Senado tiene la atribución constitucional de evaluar y aprobar las propuestas del Ejecutivo. Eludir este proceso y avanzar con designaciones por decreto constituye un atropello institucional que debilita la calidad democrática del país.
Falta de idoneidad y ausencia de equidad de género
El proceso de evaluación de los candidatos, regulado por el Decreto 222/03, generó numerosas impugnaciones ciudadanas que cuestionaban la idoneidad e independencia de los postulantes. Además, se señaló la falta de representación femenina en el máximo tribunal, ya que, a lo largo de la historia, solo tres mujeres han accedido a este cargo frente a 104 hombres.
El Poder Ejecutivo tiene el deber constitucional y convencional de promover la equidad de género en la Corte Suprema. Sin embargo, esta nueva designación desconoce ese compromiso y profundiza la desigualdad estructural en el ámbito judicial.
Una Corte Suprema debilitada
Eludir el proceso constitucional para la designación de jueces no solo afecta la legitimidad del tribunal, sino que también deja a dos de sus cinco miembros en una situación precaria. Esta condición temporal puede exponer a los magistrados a presiones externas y afectar su imparcialidad en la toma de decisiones clave para el país.
El funcionamiento eficiente de la Corte Suprema con solo tres integrantes es posible a través de los mecanismos institucionales existentes. La solución a la falta de consensos políticos no puede ser el avasallamiento de las normas constitucionales.
La necesidad de una justicia independiente
El Poder Judicial debe ser un pilar de estabilidad, confianza y garantía para la sociedad. La designación de jueces por decreto, sin el respaldo del Senado, pone en jaque la independencia judicial y debilita la seguridad jurídica del país.
La construcción de consensos políticos es fundamental para garantizar una Corte Suprema legítima y respetada. Argentina no merece una justicia sometida a la voluntad de un solo poder del Estado, sino un sistema judicial que resguarde la división de poderes y la imparcialidad.