sábado 21 de diciembre de 2024

Transporte de media y larga distancia: ¿Qué cambia a partir de la desregulación?

El Gobierno anunció la medida este lunes a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. Las autoridades sostuvieron que la decisión traerá beneficios para todos los actores del sector.
desregulación
Crédito: LM Neuquén.

El Gobierno oficializó, mediante el Decreto 883/2024 publicado en el Boletín Oficial, la desregulación del transporte de media y larga distancia. La norma se plasmó en una publicación conjunta de los Ministerios de Economía y de Desregulación y Transformación del Estado, área de Federico Sturzenegger.

A través de un comunicado, las autoridades aseguraron que la medida generará “beneficios para todos los actores del sector, como la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas”.

Con esta decisión, el transporte de media y larga deja de ser un servicio público. En ese sentido, se eliminan ciertas restricciones que ahora permitirán el ingreso de nuevas compañías que trabajen con combis en lugar de micros, a las cuales se les permitirá el ingreso a aeropuertos para conseguir pasajeros.

Respecto al nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, en el comunicado explicaron que será de acceso público, sin costo y online, “para una mayor comodidad del transportista, el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos y una mayor transparencia”. En él tendrá que notificarse los servicios que se presten al público, como por ejemplo la  cantidad y tipo de vehículo; cantidad de asientos; seguros contratados; nómina de conductores, la periodicidad de los servicios declarados; las paradas intermedias y el destino del viaje.

Por otro lado, también se habilita el transporte de pasajeros en aeropuertos y puertos provinciales, que hasta hoy están imposibilitados. Asimismo, se da paso a empresas internacionales al autorizar a “las personas humanas extranjeras o jurídicas de capital total o parcialmente extranjero” a prestar servicios de transporte automotor de pasajeros “en igualdad de condiciones que las personas humanas de nacionalidad argentina y las jurídicas constituidas en nuestro país”.

La autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias.

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