El Observatorio del Derecho a la Ciudad y el Movimiento «La Ciudad Somos Quienes La Habitamos» han presentado una demanda judicial para frenar el avance del Proyecto de Ley N° 2120-J-2024, que propone una modificación y actualización del Código Urbanístico. Estas organizaciones buscan que el debate se realice de forma participativa y descentralizada en las comunas y barrios porteños.
La demanda, que tramita bajo la carátula «Baldiviezo, Jonatan Emanuel Y OTROs c/ GCBA Y OTROS s/ Amparo – Otros» (Expte. N° 129185/2024-0), se basa en la falta de cumplimiento de los mecanismos de participación ciudadana que la normativa vigente establece.
Falta de instancias de participación previa
El Poder Ejecutivo envió a la Legislatura el Proyecto de Ley N° 2120-J-2024 el 30 de julio de 2024, con el objetivo de actualizar el Código Urbanístico, como dispone el artículo 1.1.4 del mismo. Sin embargo, hasta el momento, no se ha garantizado la participación de la ciudadanía en el proceso.
Según el mensaje oficial, se llevaron a cabo reuniones en el marco del Foro Participativo Permanente del Consejo del Plan Urbano Ambiental.
Claro que estas convocatorias no contaron con un acceso público a la información sobre la propuesta de modificación, ni se realizaron diagnósticos o informes previos.
Las organizaciones denuncian que, a diferencia del tratamiento del Código Urbanístico original en 2017 y 2018 que incluyó reuniones en todas las comunas y barrios populares, la actual actualización no ha contemplado ninguna instancia de participación formal.
Avance sin consenso
El Proyecto de Ley N° 2120-J-2024 fue despachado desde la Comisión de Planeamiento el 20 de septiembre y se votará en primera lectura en la Legislatura el 26 de septiembre de 2024. Todo esto sin haber habilitado las instancias de participación ciudadana que exigen tanto el Plan Urbano Ambiental como el Acuerdo de Escazú, que garantiza el acceso a la información y la participación pública en temas ambientales.
Este proyecto de ley está avanzando sin ningún diagnóstico público que justifique las modificaciones propuestas. Las organizaciones sociales señalan que esta falta de consulta y evaluación transparente representa una regresión en los derechos de participación ciudadana y en la implementación de mecanismos de democracia participativa que deberían estar garantizados en la ciudad.
Principios de no regresión y participación ciudadana
El principio de progresividad en materia de derechos humanos establece que una vez que un derecho es reconocido, no puede ser limitado o suprimido. Este principio, recogido tanto en la Constitución de la Ciudad como en el Acuerdo de Escazú, es central en la demanda de las organizaciones sociales. Consideran que el avance del Proyecto de Ley N° 2120-J-2024, sin mecanismos participativos, vulnera el derecho de los ciudadanos a incidir en las políticas urbanísticas que afectan su entorno.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha sido clara al respecto, exigiendo que los Estados adopten medidas efectivas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos, particularmente para los sectores más vulnerables.
La discusión en torno al Proyecto de Ley N° 2120-J-2024 ha puesto en evidencia un retroceso en la implementación de la participación ciudadana en la Ciudad de Buenos Aires. Mientras el Gobierno y la Legislatura avanzan en su aprobación, la justicia deberá resolver si el debate sobre el Código Urbanístico debe regresar a las comunas y barrios para garantizar un proceso más inclusivo y transparente.
Las organizaciones sociales insisten en que la ciudadanía tiene derecho a ser escuchada antes de que se realicen cambios tan significativos en la planificación urbanística de la ciudad.