El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación de la economía continúa vigente a pesar del revés que sufrió la Ley Ómnibus en el Congreso de la Nación. Entre los puntos que aún tienen validez, se encuentra la derogación de la Ley de Tierras, la herramienta nacional de regulación de la titularidad y posesión de tierras.
En ese marco, los ex combatientes de Malvinas, quienes encabezan la lucha por la soberanía nacional, llevaron esta cuestión a la Justicia con el fin de recuperar la normativa e impugnar su derogación.
La derogación de la Ley, un ataque a la soberanía
La normativa, sancionada en diciembre de 2011, busca preservar la soberanía nacional y evitar la extranjerización desmedida de las tierras, limitando su compra por parte de personas físicas y jurídicas extranjeras.
Con la ley en vigencia, solo el 15% de las tierras argentinas puede estar en manos de extranjeres. Ahora, con su eliminación, no habría límites establecidos y las negociaciones quedarían libradas a la voluntad de compradores y vendedores. Sin embargo, su derogación no sólo implica la eliminación de las restricciones respecto a la cantidad de hectáreas que un extranjero puede adquirir en zonas rurales, permitiendo una apropiación descontrolada de las tierras nacionales, sino también la utilización libre del territorio para su explotación y uso desmedido.
Previo a esta instancia, el Centro de Ex Combatientes de Islas Malvinas La Plata (CECIM) presentó una medida cautelar para suspender el artículo del DNU, que derogaba la Ley de Tierras. Pese a ello, la misma quedó sin efecto por decisión del juez federal Alberto Recondo. Como consecuencia, el Centro presentó más de 30.000 firmas que avalan el pedido de anulación del artículo 154 del mega decreto.
A través de un comunicado, el CECIM sostuvo: “Lamentablemente el DNU 70/30 sigue vigente y, en particular, la Ley de Tierras está derogada por la pretensión del juez Alberto Recondo de negar la legitimidad del CECIM como parte actora, desconociendo la labor que nuestra institución lleva adelante desde 1982”.
Además, presentaron una apelación a la resolución del magistrado, por lo que ahora deberá intervenir la Cámara de Apelaciones y tomar una decisión que marcará si se defiende o regala las tierras argentinas.
La primera victoria del CECIM
El CECIM, a través de su presidente, Rodolfo Carrizo, promovió una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional, donde se pidió la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 154 del DNU que deroga la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.
El 29 de enero, durante la feria judicial, los ex combatientes se presentaron frente a la Justicia. En aquella ocasión, el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, hizo lugar a la cautelar y suspendió de forma preventiva el artículo 154, al considerar varias irregularidades en la medida. A su vez, objetó la modalidad utilizada por el gobierno de Javier Milei.
“Ha bastado al Poder Ejecutivo Nacional invocar una mera limitación al derecho de propiedad sobre la tierra rural y las inversiones en el sector para derogar, mediante una norma reglamentaria de emergencia, otra de carácter material y formalmente legal”, argumentó Kreplak.
Además, el magistrado denunció que “se omitió brindar fundamentación adecuada sobre la relación subyacente que explicaría la forma según la cual, la abrogación de la norma, contribuiría a superar los problemas sociales y económicos que trasunta la Nación”.
En esa línea, ordenó inscribir un proceso colectivo y le pidió al Ejecutivo el informe previsto en la Ley 16.986 en un plazo de cinco días a partir de la notificación de la resolución.
Terminó la feria judicial
Si bien el fallo de Kreplak significó una victoria para los ex combatientes, no duró mucho. Una vez terminada la feria judicial, el juez federal Recondo rechazó la acción de amparo y dejó sin efecto la medida cautelar que impedía provisoriamente la posibilidad de que capitales extranjeros puedan comprar tierras argentinas sin restricciones.
Recondo, al desconocer la representatividad del CECIM para reclamar contra el artículo, argumentó: “No surge que el actor se encuentre facultado para actuar en juicio en representación de la comunidad”.
Por otra parte, aseguró que “no surge de los argumentos vertidos ni de la prueba aportada, elementos que permitan concluir de manera clara, que la norma en cuestión le cause un agravio discernible”.
Asimismo, el juez señaló que el CECIM no tiene la legitimidad de “accionar judicialmente en representación de los intereses individuales de quienes, en definitiva, se verían directamente afectadas por la norma impugnada en autos, esto es, cada propietario de terreno rural, como así tampoco del interés colectivo que se pretende asumir -defensa de la soberanía nacional-”.
La respuesta del CECIM
Como se mencionó, el CECIM apeló el fallo de Recondo y lo cuestionó al sostener que desconoce argumentos lógicos, estatuarios e históricos. Además, la apelación insiste en el dictado de una medida cautelar “para evitar la convalidación de dinámicas de venta de nuestro territorio que, sin lugar a dudas, está sucediendo”.
En este marco, los ex combatientes solicitaron que se revitalice la medida cautelar dictada el 29 de enero por el juez Kreplak. “Es claro y evidente que la soberanía, o los derechos soberanos, como expresa el estatuto, son indivisibles”, insistió el CECIM.
Además, remarcaron que sería en vano perseguir la defensa de los derechos soberanos sobre el Atlántico Sur “si permitiese nuevas dinámicas de coloniaje, configuradas por la compra de ingentes cantidades de tierra por parte de capitales extranjeros”.
En esta línea, en el escrito de la apelación, desde el CECIM aseguraron que “la Argentina está en venta”. Y se preguntaron: “¿Quién será responsable si compran las tierras aledañas a Vaca Muerta? ¿A los yacimientos de litio? ¿El encadenamiento de fundos aledaños a un río? ¿A un lago? ¿A una laguna? ¿Quién se hará cargo de los efectos jurídicos que, seguramente, están sucediendo?”.
Por otra parte, destacaron como “inadmisible” que Recondo desconozca la labor que el CECIM-La Plata realiza. En ese sentido, reivindicaron la representatividad y autoridad de cada ex combatiente: “Si se les permitió representar al pueblo argentino, a la ciudadanía, frente a una potencia enemiga, ofrendando lo más preciado que detenta un ser humano, la vida, es absurdo que no pueda hacer lo propio frente a una situación análoga, es decir, la defensa de la soberanía territorial frente a una amenaza o situación actual de disgregación”.
Por otro lado, los ex combatientes denunciaron que “nadie puede explicar el porqué de la premura de eliminar la norma por Decreto”. Y, en ese aspecto, remarcaron que “el ámbito en que se debe debatir una Ley de orden público, orientada a regular el ordenamiento territorial argentino es el Congreso”.
30.000 firmas en defensa de la Ley de Tierras
Junto a la apelación en la Justicia, el CECIM presentó un petitorio con más de 30.000 firmas que avalan la anulación del artículo 154 del DNU. La iniciativa fue impulsada por el argentino Adolfo Pérez Esquivel, premio Nobel de la Paz, a través de la cuenta de X.
“He lanzado esta petición para que reunamos firmas en adhesión y apoyo a la acción de amparo presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), en la que se pide la nulidad del artículo del 154 del DNU 70/23 de Javier Milei que deroga la Ley de Tierras, y habilita la venta de nuestra Patria”, publicó el escritor.
En tanto, desde el CECIM aseguraron que “los magistrados deben, durante el desempeño de su labor, comprender la comunidad sobre la que deciden”, al tiempo que denunciaron que “el aislamiento en torres de cristal palaciegas los torna administradores de injusticias”.
Por último, resaltaron que el fallo de Recondo “da por abandonada la defensa del Territorio Nacional”, mientras que manifestaron que “San Martín se retuerce en donde quiera que esté”.