La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el Gobierno de Javier Milei, según informaron fuentes judiciales.
La misma había sido solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que semanas atrás apeló una resolución de primera instancia en contra de la resolución al considerarla desfavorable para los derechos de les trabajadores.
De esta manera, la medida estará vigente hasta que se analice la cuestión de fondo relacionada con la constitucionalidad de la reforma realizada a través del decreto. Los jueces decidieron así suspender la aplicabilidad del Título IV Trabajo del DNU N° 70/2023 hasta que se dicte una sentencia definitiva.
El freno a la reforma laboral del DNU
“Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, resolvieron los jueces por mayoría.
La decisión fue tomada por los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, quienes votaron a favor de la medida cautelar. En tanto, la jueza Dora González pidió remitir el caso a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que determine qué fuero debe tramitar el expediente.
También mencionaron que el Presidente de la Nación tiene la facultad de convocar al Congreso a sesiones extraordinarias y que existen herramientas legislativas que permitirían agilizar el tratamiento de cada proyecto.
“Resulta, al respecto, insoslayable que mediante el Decreto 76/23 (BO 26/12/23) se ejerció esa facultad y se convocó al Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias desde el 26/12/23 y hasta el 31/1/24, a fin de tratar -entre muchísimos otros temas- la ratificación del DNU 70/23”, destacaron.
Los magistrados también señalaron que es una “inveterada doctrina del máximo tribunal que las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los Decretos de Necesidad y Urgencia resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”.
El DNU de Milei introduce varias modificaciones en materia laboral, como la ampliación del periodo de prueba hasta los 8 meses, la consideración de bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.
En materia de convenciones colectivas de trabajo, el DNU establece que solo se mantendrán las condiciones de trabajo establecidas en virtud de estas convenciones hasta que entre en vigencia una nueva convención o exista un acuerdo de partes que la prorrogue.
Repercusiones
Uno de los primeros en defender la resolución judicial fue el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), desde donde expresaron su apoyo a la medida cautelar y reiteraron la inconstitucionalidad del DNU.
Es muy importante esta cautelar que suspende la reforma laboral incluida en el DNU 70/23.
— CELS (@CELS_Argentina) January 3, 2024
El DNU es inconstitucional y regresivo en materia de derechos humanos. No puede estar vigente hasta que el Congreso y el Poder Judicial tomen una decisión definitiva. pic.twitter.com/uSwG01sUO0
Héctor Daer, Secretario General de la CGT, se mostró satisfecho en sus redes sociales por la decisión de la Justicia. En su mensaje, destacó la importancia de la organización, la unidad y el compromiso para detener la propuesta de reforma laboral presentada en el DNU. Asimismo, afirmó que mientras sigan unidos, no serán vencidos.
“Con organización, unidad y compromiso, desde la CGT hemos logrado frenar el intento de reforma laboral propuesto en el DNU. No nos vencerán mientras permanezcamos unidxs”, sostuvo.
Por su parte, el legislador de la ciudad de Buenos Aires, Gabriel Solano, respaldó la medida cautelar y expresó que “la CGT debe mantener el paro por su anulación definitiva, para rechazar la ley ómnibus y sobre todo para reclamar una inmediata recomposición salarial ante el Rodrigazo ejecutado por Milei”.
Con esta medida cautelar, queda suspendida de forma provisional la aplicación de estas modificaciones laborales y se espera que se resuelva la cuestión de constitucionalidad.