Nota original publicada por Agencia Tierra Viva
El presidente Javier Milei anunció el miércoles 20 la firma del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, bajo el título de “Bases para la reconstrucción de la economía argentina”, que avanza en 300 reformas legislativas. Entre ellas, muchas que impactarán de lleno en el sector agropecuario, la alimentación de la población, el avance del extractivismo y las condiciones de trabajo en el campo.
Milei utilizó un instrumento excepcional, que debe justificar su “necesidad y urgencia”, para eliminar o modificar leyes que llevan hasta más de cien años, con el argumento de declarar la “emergencia económica”. Así, el Presidente pasó por encima de los atributos constitucionales del Poder Legislativo, que podrá rechazar la validez del decreto —con la mayoría de ambas cámaras— en un plazo máximo de 20 días hábiles.
Con este decreto, Milei arremete contra la regulación estatal del precio de la yerba mate, contra la política de abastecimiento de mercaderías en góndola y el resguardo del mercado interno, contra leyes que regulan la vitivinicultura y la producción azucarera y contra las limitaciones a la extranjerización y la concentración de la tierra.
El espíritu del DNU —cuya arquitectura estuvo a cargo del economista Federico Sturzenegger, ex funcionario de los gobiernos de Fernando de la Rúa y de Mauricio Macri— sostiene la “desregulación económica” para “sacarle de encima el Estado a la gente”.
E insiste en que se desarman “cientos de regulaciones que ponían al individuo en un lugar de segunda y sólo causaban ineficiencias”. En el territorio, las normativas profundizarán un modelo de vulneración de derechos, la concentración del mercado y la especulación sobre los alimentos y los bienes naturales.
¿Alimentos para quién?
El presidente Javier Milei sostuvo en su discurso, una vez más, la idea de que la Argentina produce alimentos para 400 millones de personas y resaltó que seis de cada diez niños en el país son pobres; pero acto seguido ordenó la liberación de las exportaciones con una frase que anticipó en campaña: “quedará prohibido prohibir las exportaciones”.
Sin embargo, hay una relación directa entre la liberación total de las exportaciones y el aumento de los precios locales de los alimentos. En el DNU, los dichos de Milei se traducen en la siguiente frase: “El Poder Ejecutivo Nacional no podrá establecer prohibiciones ni restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos. Sólo se podrán realizar por Ley”.
Y al enumerar los “motivos económicos” por los que no se podrá regular el mercado de exportaciones e importaciones señala los que afectan directamente la alimentación y a los ingresos del pueblo argentino:
a) asegurar un adecuado ingreso para el trabajo nacional o combatir la desocupación;
b) ejecutar la política monetaria, cambiaria o de comercio exterior;
c) promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios, los recursos naturales o vegetales;
d) estabilizar los precios internos a niveles convenientes o mantener un volumen de oferta adecuado a las
necesidades de abastecimiento del mercado interno;
e) atender las necesidades de las finanzas públicas;
f) proteger los derechos de la propiedad intelectual, industrial o comercial;
g) resguardar la buena fe comercial, a fin de impedir las prácticas que pudieren inducir a error a los consumidores
La semana pasada, cuando la Mesa de Enlace llevó sus reclamos al Ministerio de Economía por el aumento de las retenciones al 15 por ciento a todas las economías regionales, el titular de la Sociedad Rural Argentina, Nicolás Pino, se mostró molestó por la suba en los derechos a exportación, pero celebró que “aseguraron que se terminó la cuotificación” para las exportaciones.
Ese punto viene siendo reclamado por las cámaras del agronegocio frente a políticas de Estado que buscaron desacoplar los precios del mercado internacional de los del mercado local, los que llegan a las mesas de los argentinos, donde se producen esos supuestos alimentos para 400 millones de personas (en realidad la producción mayor es de commodities para chanchos y aves de Asia y Europa).
Los ejemplos de estos casos pueden ser las políticas de cupos para la exportación de trigo –con destino a la elaboración de panificados– o la que más resuena por el valor cultural, las cuotas de exportación para los cortes populares de carne que, en 2021, llegó al cierre de exportaciones para abastecer el mercado local.
La complejidad de esas cadenas de producción, que se buscaron controlar desde el Estado para abastecer el mercado local, ahora quedarían liberadas en materia de precios, que en las últimas dos semanas demostró su capacidad de remarcación, con una suba de entre 16 y 22 por ciento en materia de alimentos.
El secretario de Bioeconomía, Fernando Vilella, dio su impresión en línea con la desregulación económica del DNU, al considerar esta semana lo ocurrido con el precio de la carne. “El poder adquisitivo va a hacer que se deprima la demanda y esa depresión afectará los precios”, propuso Vilella.
Días antes, la canciller Diana Mondino había señalado en la misma lógica: “Si alguien pone un precio muy caro, nadie le va a comprar. Si no tiene plata en el bolsillo, no va a comprar cosas muy caras”. Esa mirada entrará en tensión con los precios que se paguen en el mercado internacional.
Con esta filosofía ultraliberal como guía, el DNU de Milei abre con la derogación de un paquete de leyes de “desregulación de la economía” que contiene a la Ley de Abastecimiento, que tiene por objetivo controlar toda la cadena de producción de “necesidades básicas o esenciales orientadas al bienestar general de la población”. El argumento del Presidente es que “el Estado nunca más atente contra el derecho de propiedad de los individuos”.
“Esta derogación de leyes beneficia al agronegocio, a la agroindustria concentrada y contaminante y a los sectores concentrados del negocio inmobiliario, y deja a vastos sectores del pueblo desprotegidos”, cuestiona Juan Pablo Acosta, de la Unión de Trabajadores y Trabajadoras de la Tierra (UTT).
Desregulación de las economías regionales y del trabajo agrario
En el artículo 2 del DNU, titulado “desregulación”, el Ejecutivo expone su filosofía sobre “un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
El espíritu del dominio del mercado por sobre todos los aspectos de la vida social está reflejado también en los considerandos y, en lo que respecta a las actividades agropecuarias y economías regionales, sostiene: “Que se torna imperioso acrecentar actividades productivas que permitan expandir la producción y reducir los precios de los productos, fomentando asimismo el desarrollo de las economías regionales, de manera de hacer realidad el plan federal que nuestros padres fundadores tuvieron en mente al sancionar la Constitución Nacional.”
De esa manera propone una “modernización” del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), previsto en la Ley N° 25.564, que lo equipare con el Instituto Nacional de la Vitivinicultura (INV), focalizando sus actividades en las verificaciones de calidad, “al tiempo de impedir su intromisión en un mercado competitivo, replicando así el exitoso modelo de la industria del vino que ha logrado una mayor inserción internacional”.
El “exitoso modelo de la industria del vino” que propone el DNU es un modelo de concentración y exportación. Según cifras del INV, entre 2022 y 2021 hubo una disminución de 4.051 hectáreas y 188 viñedos menos. Además, la superficie actual es un 4,9 por ciento menor a la registrada en el año 2010 (un descenso de 10.703 hectáreas).
Como publicó Tierra Viva en la serie “Radiografías del Agro”, aunque el 90 por ciento de los viñedos tiene menos de 20 hectáreas (y el 60 por ciento tiene menos de cinco hectáreas), la tendencia indica que las propiedades son cada vez más grandes mientras que las que se abandonan son las más pequeñas.
Lo que ordena el DNU para “modernizar” el Instituto Nacional de la Yerba Mate es quitarle la potestad de regular precios de forma semestral entre todos los representantes del sector, con capacidad del Estado para alcanzar una conciliación.
Lo que se borra de un plumazo se trata de una regulación que dio origen a la creación del INYM, tras el histórico “Tractorazo” de los productores yerbateros en 2001 y 2002, cuando el kilo de la hoja valía dos centavos por kilo.
Además, es el inicio de la cadena de precios que luego vuelve a ser remarcada en las góndolas de los supermercados, algo que el Estado dejará de controlar con la derogación de la Ley de Abastecimiento y sus modificaciones. No sólo los supermercados tienen posición dominante en la remarcación del precio de la yerba sino que en el país once grupos económicos comercializan el 79 por ciento de la yerba mate elaborada.
La derogación en el sector yerbatero alcanza también a la Ley 27.114, sancionada en 2014, que impulsó la radicación y creación de los establecimientos para un Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate. O sea, para que la producción se envase en Misiones y Corrientes, donde se encuentran el total de hectáreas de este cultivo. Ahora, podrían ser envasados en cualquier parte del país.
A pesar de hablar del “exitoso modelo”, el DNU también avanza en la “liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola” con la derogación de las leyes 18.600 de contratos de elaboración de vinos —que regulaba la relación de los contratos entre los productores de vid y las bodegas que tercerizan la producción—, 18.905 de política vitivinícola nacional —que ordenaba el fraccionamiento en origen e intervención estatal en políticas crediticias— y la ley 22.667 de reconversión vitivinícola —que establece cupos de producción anual—.
Con el mismo espíritu, el DNU de desregulación económica elimina la Ley 18.770, que habilitaba al Estado a “asignarles cuotas de entrega de azúcar al mercado interno” a establecimientos pertenecientes a una misma zona azucarera, o de personas físicas o sociedades, que por cualquier título, asumieran la explotación de ingenios.
Tucumán es el principal productor de azúcar blanca a nivel nacional, el 60 por ciento de la producción de azúcar se destina a la industria alimenticia y el resto al consumo directo. De los 23 ingenios que hay en el país, la provincia cuenta con 15, que concentran el 68 por ciento de la producción nacional. Jujuy y Salta son las otras provincias cañeras.
Este modelo para la exportación y la maximización de las ganancias contrasta en el sector agropecuario con la realidad de los trabajadores se llevan la peor parte. Según cifras del Indec, los salarios rurales representan la peor distribución del ingreso, con solo el 15 por ciento del valor agregado generado.
Se trata del peor sector del país, seguido por el minero. En tanto, según estimaciones del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre), el trabajo rural registra cifras de informalidad de entre el 50 y el 60 por ciento y conocidas condiciones de vulnerabilidad entre trabajadores tareferos y “golondrinas”.
A pesar de esta situación, el DNU presidencial avanza en el Título IV dedicado al “Trabajo” en horadar la organización sindical modificando el Régimen del Trabajo Agrario (Ley N° 26.727) en el que flexibiliza el ordenamiento de las denominadas “Bolsas de trabajo”, en las que los sindicatos y organizaciones gremiales podían propone listas de trabajadores para realizar trabajos temporarias y deja al empleador con libertad de contratación y de condiciones.
“Queda derogada toda norma que se oponga al presente artículo y/o a la libertad de contratación y elección del personal por parte del empleador”, sostiene el DNU. En ese mismo sentido, habilita la contratación de trabajadores rurales por parte de empresas de servicios eventuales.
El capítulo de Trabajo es uno de los más extensos del decreto de desregulación financiera y avanza sobre muchos derechos contemplados en la Ley de Contrato de Trabajo, reduciendo las indemnizaciones por despidos y limitando el derecho a huelga, la libertad sindical y las condiciones de contratación.
Necesidad y urgencia de vender a empresarios extranjeros
El decreto deroga la Ley 26.737 de Tierras Rurales, que establece un límite del 15 por ciento de la tierra rural para la posesión por parte de extranjeros. Esta ley también prohíbe que un mismo titular extranjero acumule más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo (sur de Santa Fe y Córdoba y norte de Buenos Aires) o “la superficie equivalente según la ubicación territorial”.
Esta determina qué personas o empresas extranjeras no podrán adquirir territorios ribereños o que contengan cursos de agua de envergadura, o que se ubiquen en zonas de seguridad de frontera. Al respecto, Acosta manifestó: “La derogación de esta ley fomenta la extranjerización y la concentración de la tierra y eso tiene consecuencias nefastas para los pequeños productores y productoras, campesinos e indígenas”.
En la misma línea, el Movimiento Nacional Campesino Indígena Somos Tierra expresó a través de Twitter: “Habilitar la extranjerización de la tierra no trae más inversión, más trabajo y vida digna en el campo. Solo genera más concentración de la tierra, menos productores en el campo y alimentos más caros”.
Según datos oficiales, a abril de 2022 sumaban 14,7 millones las hectáreas bajo control extranjero en la Argentina. Los porcentajes más elevados corresponden a Salta –11,56 por ciento–, Misiones –11,07 por ciento–, San Juan –10,48 por ciento–, Catamarca –8,64 por ciento– y Santa Cruz –8,11 por ciento.
Un estudio de las investigadoras del Conicet, Jimena Andrieu y María Agostina Constantino, señala que “en su avance sobre los territorios el capital no solo se apropia de las tierras incluidas en los contratos de venta, arriendo o concesión, sino también de toda una serie de recursos no incluidos en el precio de venta de la tierra y cuya apropiación gratuita por parte del capital impide el uso por parte de otros grupos sociales que previamente usufructuaban de ellos”.
El acaparamiento de tierras implica también, señalan Andrieu y Constantino, un avance sobre los ríos y lagos y sobre la biodiversidad. Empresarios como Joseph Lewis, Luciano Benetton y Douglas Tompkins o la multinacional Arauco (responsable del monocultivo de pinos en Misiones) son la expresión de un modelo que genera desalojos de las poblaciones originarias, desmontes y contaminación, entre otros conflictos.
El objetivo de estos compradores por lo general está ligado a alguna forma de extractivismo, como la megaminería o el agronegocio. En 2016, el gobierno de Mauricio Macri ya había flexibilizado con un decreto reglamentario (820/16) la Ley de Tierras. Sin embargo, se mantuvo la exigencia del límite de 1.000 hectáreas.
El decreto —que no fue revisado durante el gobierno de Alberto Fernández— posibilitó que un extranjero que ya tenía campos pudiera vender y comprar sin el límite territorial estipulado y que empresas argentinas transfieran acciones a extranjeros sin tener que notificar al mencionado Registro Nacional de Tierras Rurales, que sistematiza la información dominial de personas o empresas extranjeras.
Ante el avance del decreto rubricado por Milei, se elimina toda restricción para la compra y acumulación de tierras en manos extranjeras. “Es un retroceso enorme en términos de soberanía política y económica que va a pesar sobre las espaldas del pueblo”, valoró Acosta.
El DNU también deroga una ley de 1914, la 9.643, que regula los “warrants”, un título de crédito que permite al dueño de una mercadería agrícola, forestal o minera darla en custodia a una empresa determinada, emisora de este tipo de títulos.
Milei eliminó los artículos que prohíben a las empresas de depósito comprar o vender frutos o productos de la misma naturaleza a los que refieren los «certificados de depósito» o «warrants» que emiten. También echó por tierra la prohibición de almacenar en un mismo local o en locales contiguos mercaderías susceptibles de alterarse recíprocamente.
¿Qué pasará con la Ley de Manejo del Fuego?
Si bien el DNU no menciona ninguna modificación de la Ley 27.604 de Manejo del Fuego, Milei lo anunció entre los 30 puntos del DNU para liberalizar la economía que anticipó vía cadena nacional.
El objetivo de esta norma es proteger los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohibir la venta de terrenos incendiados en plazos de entre 30 y 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
La ley prohíbe las modificaciones del uso y destino que las tierras poseían con anterioridad al incendio e impide realizar «cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio».
Además, crea el Sistema Federal de Manejo de Fuego, que debe coordinar planes y acciones para hacer frente a los incendios. En Argentina se pierde una hectárea de bosques cada dos minutos, según datos publicados por Greenpeace durante este año.
Por el momento, la derogación de la ley no es más que un anuncio. “La derogación de esta ley va en la línea de dejar de proteger los bienes comunes: bosques, selvas, pastizales, para promover y fomentar el cambio de uso del suelo. Y va de la mano, a su vez, de la especulación inmobiliaria, del agronegocio y del extractivismo, lo que redunda en pérdida de biodiversidad y en que esa riqueza se ponga a disposición de los sectores concentrados y especuladores”, asegura Acosta.
Según los reportes diarios de incendios —que dejaron de hacerse cuando culminó el gobierno de Alberto Fernández—, el 95 por ciento de los incendios forestales son producidos por la mano del hombre, siendo dentro de estos los principales escenarios fogatas y colillas de cigarrillos mal apagadas, el abandono de tierras, la preparación de áreas de pastoreo con fuego.