En su última sesión, el Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó una iniciativa que propone incluir en las cartas de locales gastronómicos información nutricional de sus platos. El proyecto, con autoría de Marcelo Daletto y Gabriela Demaría, legisladores de Unión por la Patria (UP) está destinado a establecimientos bonaerenses de gran envergadura.
Al momento de la media sanción, la senadora e impulsora de la medida explicó: “Este proyecto lo venimos trabajando hace ya más de dos años, y escuchamos distintas voces. Entre ellas, la del Colegio de Nutricionistas de la provincia de Buenos Aires”
Además, detalló que el proyecto se elaboró en simultáneo a la Ley de Etiquetado Frontal que sólo afecta a los alimentos envasados. En este sentido, Demaría destacó que la iniciativa significa un importante avance para el beneficio de les consumidores.
En esa línea, sostuvo: “Es dar un paso más y que el consumidor, en un local gastronómico de gran tamaño, tenga al momento de elegir un menú la posibilidad de ver la información nutricional”.
Tras su aprobación, el proyecto pasó el pasado jueves a la Cámara de Diputados provincial. De este modo, el texto será tratado en comisiones antes de ser debatido en el recinto a la espera de una resolución.
El proyecto en detalle y las sanciones
Según se publicó en el sitio Diputados Bonaerenses, la iniciativa “apunta a los comercios cuyo principal rubro es el gastronómico, en los que se expendan comidas para ser consumidas en el lugar, que cuenten con una capacidad de 150 o más personas o funcionen en centros o paseos de compras, shoppings, estaciones de servicio o hipermercados de la Provincia de Buenos Aires”.
Respecto a la información, se establece que la misma podrá presentarse “en formato digital o físico, siempre que se garantice la legibilidad del contenido, el cual debe responder a la información nutricional que se encuentra prevista en la ley 14.272”.
Por otro lado, el texto establece que los locales gastronómicos pueden quedar exceptuados de lo que la ley obliga en caso que “mediaren motivos fundados en la situación económica de la empresa, que tornaren inviable o excesivamente oneroso su cumplimiento”. Esta excepción comprende también a “platos del día o promociones de dos o menos días”.
A su vez, la iniciativa determina que en caso de no implementar la normativa pese a cumplir con los requisitos y estar comprendidos dentro del proyecto “se intimará al responsable del comercio gastronómico para que en el plazo de 15 días hábiles subsane la omisión”.
Asimismo advierte que podría recaer sobre les responsables de los establecimientos un apercibimiento, la publicación del “sujeto incumplidor en un registro público” y la “pérdida de los beneficios, o la imposibilidad de acceder a ellos, que la Autoridad de Aplicación disponga para los sujetos que observen el fiel cumplimiento de la presente”.
Fomentar buenos hábitos alimentarios
El proyecto propone que “el Poder Ejecutivo sea quien resuelva cuál será la autoridad de aplicación, que determine el tipo de información nutricional, los profesionales habilitados para determinar esos datos, disponer de incentivos y beneficios fiscales para los comercios gastronómicos que sí implementen la normativa”.
Dicha autoridad pública tendrá la función de fiscalizar el cumplimiento y aplicar las sanciones correspondientes. Además, deberá “crear y actualizar periódicamente el registro público de infractores” de manera que sea accesible de “forma permanente en internet”.
La propuesta tiene como finalidad “fomentar los buenos hábitos alimentarios”, ya que, según explicó Demaría, los problemas de alimentación producen un enorme impacto en la salud de las personas.
Por último, el proyecto establece un lapso de doce meses de implementación luego de su publicación en el Boletín Oficial.