Por primera vez, las juezas Marianela López y Belén Loguercio, de San Juan y Lomás de Zamora respectivamente, utilizaron el Índice Crianza establecido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para determinar el valor de la cuota alimentaria en una sentencia.
Hecha oficial por el ministro de Economía Sergio Massa, en marzo del corriente año, esta guía fue definida como “un valor de referencia para saber cuánto destinan las familias a alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas, y adolescentes”.
Por esa razón, dentro de la Canasta de Crianza están incluidos el costo de provisión de bienes y servicios esenciales para la primera infancia, la niñez y la adolescencia, además del costo del cuidado de les niñes. No obstante, uno de sus principales objetivos era que se implemente en el ámbito de la Justicia.
Los primeros números se conocieron hace dos meses. El 17 de agosto se entregaron los valores de julio y, según los datos recopilados por el INDEC, las cifras computaron un aumento del 16,4%. Los valores totales de la Canasta de Crianza en julio, teniendo en cuenta la suma del costo de bienes y servicios y del costo del cuidado, fueron de $120.970 en menores de 1 año; $142.436 en niñes de 1 a 3 años; $112.640 de 4 a 5 años, y $105.817 entre 6 y 12 años.
Primeros fallos donde se utilizó el Índice Crianza
El 1 de agosto, Belén Loguercio, jueza de Familia del Departamento Judicial de Lomas de Zamora fue una de las primeras en utilizar esta canasta en una sentencia. “Fíjese cuota alimentaria provisoria, en el equivalente al 50% de la canasta de crianza fijada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para la franja etaria de 6 a 12 años”, estableció.
La magistrada también se preocupó, dentro de la sentencia, por la velocidad del proceso de alimentos. En ese sentido, ella consideraba que esperar hasta el dictado de la sentencia definitiva podría resultar “en una clara desproporción de la parte más vulnerable”.
Unos días antes, el 25 de julio, la jueza de Familia de Primera Nominación de San Juan, Marianela López, también aplicó el índice creado por el INDEC en un fallo similar. Este se trató de una resolución con perspectiva de género inédita en la provincia cuyana.
La causa había sido promovida en junio de 2020 y había comenzado con un “acuerdo extrajudicial pendiente de homologación entre los progenitores”. El progenitor luego incumplió sus compromisos, por lo que la progenitora se vio obligada, en reiteradas ocasiones, a “peticionar que se lo inste judicialmente a hacerlo”.
Para justificar la sentencia, la magistrada citó a la abogada Victoria Famá, que entiende que “el incumplimiento del pago de los alimentos del progenitor con relación a sus hijas e hijos configura un supuesto de violencia económica contra las madres”.
En contextos tales, ellas “no sólo deben asumir el cuidado personal de las niñas, niños y adolescentes, sino también soportar en forma exclusiva el costo económico de su crianza”.
A su vez, López destacó que “es importante tener en cuenta para cuantificar la cuota alimentaria el Índice de Crianza o Canasta de Crianza, publicada recientemente por el INDEC”. Para el cálculo de la cuota alimentaria, la jueza tuvo en cuenta el valor del mes de mayo que era el que estaba disponible en ese momento.
Estas causas significan un avance en la jurisprudencia, algo que había propuesto el Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la provincia de Buenos Aires en su investigación sobre el incumplimiento de la obligación alimentaria.