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La muerte digna y la eutanasia son temas que aรบn generan intensos debates en todo el mundo. En Argentina, han estado en el centro de la discusiรณn pรบblica en los รบltimos aรฑos debido a una legislaciรณn que permite decidir sobre el final de la vida.
Siendo un tema muy controversial que tiene voces a favor y en contra, desde Nota al Pie analizaremos la situaciรณn de nuestro paรญs. De la misma forma, analizaremos las polรญticas y estadรญsticas relacionadas con la muerte digna en paรญses de Europa donde ya es legal la eutanasia.
Argentina y el marco normativo
Como bien dijimos, nuestro paรญs tiene una discusiรณn de aรฑos sobre una legislaciรณn que permite al paciente y/o al familiar decidir por una muerte digna. Si bien, desde el 2012, rige en nuestro paรญs la Ley de Muerte Digna Nยฐ 26.742, para llevar a cabo tal decisiรณn, el Comitรฉ de Bioรฉtica del Ministerio de Salud de la Naciรณn es quien tiene la รบltima palabra.ย
En el marco normativo, Argentina ha experimentado un progreso significativo en el รกmbito de la muerte digna, ya que la ley establece el derecho al paciente en situaciones terminales.ย
Sin embargo, esta legislaciรณn no aborda especรญficamente la eutanasia, que implica la intervenciรณn mรฉdica para poner fin a la vida de una persona en un estado irreversible de salud.
Ahora bien, la ley vigente en nuestro paรญs expresa que โel paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable, se encuentre en estado terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situaciรณn, informado en forma fehaciente, tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirรบrgicosโ.
De la misma forma, enuncia que puede demandar un rechazo a la โreanimaciรณn artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean extraordinarias o desproporcionadas en relaciรณn con la perspectiva de mejorรญa, o produzcan un sufrimiento desmesuradoโ.
Crรฉdito: El cronista.
La discusiรณn por esta toma de decisiones muchas veces cae en el profesional. Sin embargo, el marco normativo establece que โningรบn profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley estรก sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas del cumplimiento de la mismaโ.
El marco legal en el resto del mundo
A nivel internacional, Europa ha sido pionera en la legislaciรณn sobre la muerte digna y la eutanasia. Paรญses como los Paรญses Bajos, Bรฉlgica, Luxemburgo y Suiza han legalizado la eutanasia o el suicidio asistido en diferentes formas. Los mismos han establecido regulaciones estrictas para garantizar que los procedimientos sean llevados a cabo de manera รฉtica y bajo supervisiรณn mรฉdica.
Si bien el primer Estado en sancionar la ley fue el de Oregรณn, Estados Unidos, en 1994, el personal mรฉdico tiene la potestad de prescribir sustancias mortales por peticiรณn del paciente terminal que tenga una expectativa de vida menor a seis meses.
Posteriormente, en 2016, Canadรก se uniรณ a la legislaciรณn. En ese sentido, dicho paรญs presta la ayuda mรฉdica a pacientes que padezcan un estado irreversible de salud.
De la misma manera, Suiza, Holanda y Colombia tienen sus respectivas legislaciones que le otorgan al paciente el poder decidir sobre su salud. En el caso de Colombia, en el 2015 se dispuso que la eutanasia sea aplicable a adultos mayores.
Sin ir mรกs lejos, Uruguay tambiรฉn tomรณ la discusiรณn por la legislaciรณn. Lo รบltimo que se supo de dicha discusiรณn en el Senado es que obtuvo media sanciรณn sobre el suicidio medicamente asistido.ย
Si bien tardรณ casi dos aรฑos y medio en discutirse, la legislaciรณn establece que podrรก hacer uso de la eutanasia toda โpersona mayor de edad, psรญquicamente apta, enferma de una patologรญa terminal, irreversible e incurable o afligida por sufrimientos insoportablesโ.
Discusiones en torno a la calidad de vida del paciente
En Argentina, con la Ley 26.994 del Cรณdigo Civil y Comercial, en su artรญculo 60, se establece que โla persona plenamente capaz puede disponer, por cualquier forma, el modo y circunstancias de sus exequias e inhumaciรณn, asรญ como la daciรณn de todo o parte del cadรกver con fines terapรฉuticos, cientรญficos, pedagรณgicos o de รญndole similarโ.
โSi la voluntad del fallecido no ha sido expresada, o รฉsta no es presumida, la decisiรณn corresponde al cรณnyuge, al conviviente y en su defecto a los parientes segรบn el orden sucesorio, quienes no pueden dar al cadรกver un destino diferente al que habrรญa dado el difunto de haber podido expresar su voluntadโ, explica.
En ese sentido, si bien las leyes amparan al paciente, tomar la decisiรณn y esperar a que se aplique en nuestro paรญs no es tan fรกcil. Es preciso comprender que, una vez que el paciente/familiar toma la medida, el Comitรฉ de Bioรฉtica debe โcorroborarโ los estadios de salud del mismo y a su efecto determinar, por sรญ o por no, la medida.
Ahora bien, desde la Red de Cuidados, Derechos y Decisiones en el Final de la Vida, conformada por investigadores del Consejo Nacional de Investigaciones Cientรญficas y Tรฉcnicas (Conicet), detallaron la situaciรณn. โEl suicidio mรฉdicamente asistido se diferencia de la eutanasia solo en el hecho de que el acto final de provocar la muerte es realizado por la propia persona, aunque facilitado por un profesional mรฉdicoโ, expresa el documento.
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En ese sentido, les investigadores mencionan que el sistema de salud deberรญa ofrecer al paciente amplias alternativas de cuidado, atenciรณn y contenciรณn. No obstante, sostienen que โla elecciรณn autรณnoma, consciente y deliberada de la propia persona debe considerarse el elemento central en esta toma de decisionesโ.
En materia legal, nuestro paรญs, como otros tantos, se rige por normas y leyes que establecen los mรฉtodos y procedimientos que deben ser llevados a cabo al paciente. ยฟQuรฉ deberรญa prevalecer, la decisiรณn del paciente o las normas constituidas por un grupo de personas?