A través de la Resolución 565/2023, publicada el pasado lunes en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación prohibió la importación, distribución, comercialización y publicidad de los Productos de Tabaco Calentado (PTC). La medida entrará en vigencia a partir del día de hoy, 28 de marzo, y tiene el objetivo de restringir su uso, ya que son considerados perjudiciales para la salud.
Los Productos de Tabaco Calentado refieren a “sistemas o dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco”. La prohibición, entonces, también abarca todo tipo de accesorio que esté destinado al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como cartuchos o barras de tabaco.
La iniciativa forma parte de una serie de acciones que lleva adelante la Dirección Nacional del Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles (DNAIENT), para cumplir con las metas del Programa Nacional de Control de Trabajo (PNCT). Su fin es “evitar el inicio del consumo de tabaco, disminuir su consumo, proteger a la población de la exposición al humo de tabaco ambiental y promover la cesación tabáquica en la población”.
¿Por qué se prohíben los Productos de Tabaco Calentado?
Según la resolución, estos cigarrillos electrónicos y Productos de Tabaco Calentado fueron introducidos en el mercado por las compañías tabacaleras y otras empresas “en un contexto de retracción del consumo de productos de tabaco en muchos países del mundo”.
Asimismo, el documento agregó que “se promueven para ser utilizados en reemplazo de los cigarrillos convencionales, especialmente en los lugares donde se prohíbe fumar, aduciendo que están desprovistos de los efectos deletéreos de los productos de la combustión del tabaco”.
En esta misma línea, sostuvo que, de acuerdo a investigaciones independientes, los PTC producen aerosoles con nicotina, y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehído. Todas las anteriormente mencionadas son dañinas para la salud.
Otra de las causas para esta prohibición que establece el Ministerio es que “los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños, niñas y adolescentes, y su introducción en el mercado tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores”.
Esto se pudo ver en la Encuesta Mundial de Tabaco en Jóvenes de 2018, que muestra que el uso entre adolescentes alcanzó a 7% de la población de 13 a 15 años.
Estadísticas
En su publicación, el Ministerio de Salud señaló que el impacto del consumo de tabaco se estimó en 45.000 muertes (un 14% de todas las muertes), 19.000 diagnósticos de cáncer, 33.000 neumonías y 11.000 accidentes cerebrovasculares. Así también se registró un total de 61.000 hospitalizaciones por enfermedad cardiovascular, y más de 100.000 personas que cada año enferman de EPOC.
A su vez, el comunicado destacó los costos del tabaquismo que equivalen a más del 1,2% del Producto Bruto Interno: un costo médico directo anual de más de $196 mil millones (pesos argentinos año 2020), un costo de productividad laboral perdida superior a los $91 mil millones, y costos de cuidado informal de más de $75 mil millones.
La postura de las tabacaleras
Massalin Particulares se posicionó en contra de la resolución del ministerio y señaló que esta “significa un incompresible retroceso” porque se “opone a la tendencia global” de regular en lugar de prohibir. La empresa líder en producción de cigarrillos sostuvo que “va a contramano del más esencial sentido común y de los avances de la ciencia, homologados por agencias de salud a nivel global”.
En concordancia con estas declaraciones, expresaron que “los Productos de Tabaco Calentado y sus dispositivos para calentarlos representan una alternativa para los 1.000 millones de personas adultas que fuman alrededor del mundo”. Y agregaron que “gracias a la inversión, innovación y desarrollo de tecnología, estos dispositivos permiten calentar el tabaco en lugar de quemarlo y de esta manera eliminar la combustión, que es el principal problema relacionado con el acto de fumar”.
No obstante, las empresas detractoras no citaron ningún artículo científico para justificar la permanencia a la venta de estos productos para consumo de la población.