Este lunes un tribunal de la ciudad de Osaka dictaminó que no es inconstitucional desconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. La noticia se conoció luego de que la corte japonesa rechazara los argumentos planteados por tres parejas homosexuales. Según pudo saberse, el fallo desestimaba una solicitud de las personas que denunciaban discriminación y reclamaban una compensación económica al gobierno de Japón.
En relación a los hechos, la sentencia expresaba que: “desde la perspectiva de la dignidad individual, se puede decir que es necesario hacer realidad los beneficios de las parejas del mismo sexo, para que sean reconocidos públicamente».
Sin embargo, la corte también aseguró que no considera que la falta de reconocimiento actual sea una violación de la constitución. Y al respecto del matrimonio igualitario, agregó que aún «no se ha llevado a cabo un debate público sobre qué sistema sería apropiado».
Asimismo, el tribunal le dio la razón al gobierno japonés al asegurar que su Constitución no hace mención a las parejas del mismo sexo. De esta manera, la corte aseveró que su aplicación sólo se basa en parejas heterosexuales.
El fallo fu rápidamente criticado debido a que representa un revés para el colectivo LGTBI después de un histórico pronunciamiento judicial el año pasado. En ese entonces, otro tribunal había decretado que vetar el matrimonio homosexual se trataba de una cuestión inconstitucional.
Denuncias por discriminación
A pesar de que en los últimos años el país avanzó en reconocer las relaciones entre personas del mismo sexo, estas continúan sin gozar de las mismas garantías que los matrimonios heterosexuales.
Por eso, las parejas demandantes solicitaban al gobierno de Japón más de un millón de yenes como indemnización por incumplir el artículo 14 de la Constitución. Al respecto, este artículo supone la igualdad de todas las personas ante la ley. Y, además, la no discriminación política o social, por razones de raza, credo, sexo, condición social u origen.
En ese sentido, les demandantes aseguran que prohibir la concreción de su matrimonio vulnera los derechos de les ciudadanes, como también los principios constitucionales japoneses.
Asimismo, este caso resultó similar al ocurrido en marzo de 2021 en otra ciudad de Japón. En ese entonces, el tribunal de Sapporo declaró como inconstitucional la decisión del Ejecutivo luego de que no permitiera legalmente las uniones entre personas del mismo sexo.
Además, el hecho fue criticado por la «negligencia gubernamental» y significó todo un hito para el país asiático. Sin embargo, a pesar de reconocer su inconstitucionalidad, el fallo tampoco incluyó un resarcimiento económico por los daños morales causados.
Una deuda pendiente
En Japón, los casos de discriminación y opresión que sufren las parejas del mismo sexo no representan ninguna novedad. En 2019, como respuesta a los hechos discriminatorios por parte del Estado, una pareja de mujeres decidió casarse en 26 países a modo de protesta. La finalidad de ambas era denunciar la falta de derechos para el colectivo LGTBI en dicho país.
Si bien la noticia dio la vuelta al mundo y desde entonces parecía que Japón comenzaba a reconocer legalmente a quienes integraban este colectivo, la resolución reciente demostró que esto no es así.
Además, se supo que luego de los dos reclamos colectivos presentados en Sapporo y Osaka, hubo otras tres denuncias similares. Si bien todavía continúan a la espera de una resolución, las demandas fueron realizadas en las ciudades de Tokio, Nagoya y Fukuoka.