El conflicto mediático entre el cantante Paulo Londra y su expareja, madre de sus niñas, reavivó la realidad de cientos de mujeres por obtener lo que le corresponde a sus hijes.
El caso de Paulo Londra sirvió como puntapié inicial para visibilizar las violencias a las que deben enfrentarse madres e hijes que no tienen acceso a las cámaras de televisión o a abogades reconocides. La pregunta pendiente es ¿Qué precio ponen los varones para renunciar a la paternidad y por qué ellos pueden hacerlo?
Nota al Pie dialogó con la abogada Melisa García, perteneciente a la Asociación de Abogadas Feministas (Abofem) para que nos cuente qué es la cuota alimentaria y cuáles son los derechos y obligaciones de los padres.
Paula Londra y las cuotas alimentarias
Semanas atrás, Paulo Londra fue tendencia en Twitter por su esperada Bizarrap Music Session. Sin embargo, en los días posteriores volvió a ocupar el mismo lugar, pero esta vez por la disputa legal con Rocío Moreno, su expareja y madre de sus dos hijas.
Luego de varias mediaciones, las partes llegaron a un acuerdo económico para los gastos y manutención de las hijas. Desde el equipo legal de Moreno, reclamaban una vivienda propia, el pago de la obra social y los impuestos de dicha casa junto a la cuota alimentaria pertinente.
Este caso generó un fuerte debate en redes sociales cuando trascendió que Londra habría ofrecido $200.000 mensuales. Esto se debe a que la cifra no coincide con su crecimiento patrimonial, por lo que no habían logrado un acuerdo.
Más allá de la situación de Paulo Londra, la indignación en redes sociales se debe a que muchas mujeres suelen enfrentarse a estas batallas judiciales luego de un divorcio. Por mandatos sociales, suelen ser ellas quienes relegaron sus proyectos profesionales para dedicarse a las tareas de cuidado.
Derechos y obligaciones
Al respecto, la abogada Melisa García explicó que la cuota alimentaria varía según cada caso. “No es una cuota fija. Varía en base a las condiciones propias de quien cumpla el rol de alimentante y las necesidades del alimentado”, expresó.
En relación a la cuota alimentaria, la abogada sostuvo que es una cuestión integral. No se trata solo del alimento que se lleva a la boca: “Hace a una vida plena, necesidades cubiertas, que no rompa el equilibrio que tenía cuando esa familia estaba junta”.
A su vez, aclaró que otro de los factores que determinan la cuota es “cómo se daba la dinámica de esa familia y cómo quedan a cargo las tareas de cuidado”.
Por otro lado, Melisa advirtió que, más allá de la cuota alimentaria, las obligaciones de les progenitores frente a sus hijes son muchas. Por ejemplo, “no ejercer maltrato, priorizar sus derechos y respetarlos”.
A su vez, remarcó: “Hay una cuestión que quien se deshace de sus tareas respecto a sus hijes, subsana con una cuota alimentaria de dinero. Pero no necesariamente es así y no por eso deja de tener otras obligaciones”.
Violencia económica como violencia de género
Respecto de las madres, García indicó: “Puede suceder que existan alimentos que refieran al desequilibrio que se da luego del rompimiento de ese vínculo”. Tiene que ver con garantizar el sostenimiento de una vida en su integralidad y con sopesar a quien se hace cargo de gran parte de las tareas.
En ese sentido, mencionó que la compensación económica tiene que ver con cómo se da el rompimiento de ese vínculo y cómo puedo o no desarrollarse en base a la relación. Dicho resarcimiento apunta a “las mujeres que han relegado sus estudios o el ejercicio de una profesión. Entendiendo que, cuando dos personas eligen construir un vínculo y una familia, hay una división de las tareas”.
La abogada también habló de la violencia económica y de las asimetrías de poder. “En los expedientes vemos la cuestión de ‘te pago todo pero no voy a darte dinero porque anda a saber qué haces con esa plata’, hay mucha violencia a través de los incumplimientos de alimentos”, comentó. Además, contó que “muchas veces una de las maneras de ejercer poder es amenazar con ‘no voy a poner plata’ o ‘me voy y no vas a ver una moneda’”.
Frente a esas situaciones, la mujer puede hacer una denuncia por violencia de género y puede reclamar alimentos provisorios. La Ley 26.485, que previene y sanciona la violencia contra las mujeres, establece que los jueces pueden establecer una cuota alimentaria como medida cautelar.