El pasado lunes 2 de mayo, el juez federal de Esquel, Guido Otranto, hizo lugar a la extradición de Facundo Molares solicitada por el Gobierno colombiano. El militante está acusado de participar del secuestro de Armando Acuña, un concejal del municipio de Garzón en el año 2009. Todo esto mientras fue parte de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia). Nota al Pie dialogó con Gustavo Franquet, abogado defensor de Facundo Molares, para conocer los detalles de la causa.
En noviembre del 2021, detuvieron a Molares en la ciudad de Trevelin (Chubut) cuando la Policía Federal hizo lugar a una circular roja de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL). Luego de un breve paso por Rawson, lo alojaron en el penal de Ezeiza en Buenos Aires a la espera del juicio de extradición.
El origen de la causa
“Facundo perteneció a las FARC desde el 2003 hasta 2016/2017. A fines de 2017, se firmó el acuerdo de paz entre el Gobierno del presidente (Juan Manuel) Santos, con atribuciones conferidas por la constitución de Colombia, y la dirección de las FARC”, inició su relato Franquet.
Además, explicó que por ese tratado se reconoce a las FARC como “fuerza beligerante” y se acuerda hacer una amnistía lo más amplia posible. No solo para la guerrilla, sino también para las fuerzas del Estado que participaron del conflicto.
A su vez, el abogado relató: “En el año 2010 o 2011 el nombre de Facundo Molares toma estado público porque, en representación de las FARC, realizó la liberación de varios rehenes que tenían apresados; algunos militares, otros civiles como el caso de un concejal que habían capturado un año antes”.
Este y otros gestos para mostrar buena voluntad se llevaron a cabo durante las negociaciones que desembocaron en la firma de los acuerdos de paz. Sin embargo, cuando se realizaron estas liberaciones se abrió una causa penal por “secuestro extorsivo” a Facundo en términos de la ley penal ordinaria de Colombia, según el entrevistado.
Firma de acuerdos de paz y procesos de amnistía
Con los tratados firmados entre las FARC y el Gobierno de Colombia, se acordó una “amnistía automática” para todas aquellas personas que no tuviesen ninguna causa abierta, ni condena, ni actuación judicial alguna. Simplemente bastaba con reconocer que formaban parte de la organización guerrillera para recibir el indulto.
Por otro lado, y en consideración de los derechos de las víctimas, para el resto de participantes en el conflicto la amnistía se debía efectivizarse por un proceso llevado a cabo por una “Jurisdicción Especial para la Paz” (JEP). Una institución creada por los acuerdos de paz y después incorporada en artículos transitorios de la Constitución de Colombia y reglamentada por diversas leyes.
La tarea de la JEP es revisar todas las causas abiertas durante el conflicto, incluso aquellas con condena. “Es un proceso lento, complejo, y que continúa abierto. Pero es el camino para resolver estos casos”, afirmó el letrado. Algo que también sucedió en ese momento fue la suspensión de todas las órdenes de captura que pesaban sobre participantes de las FARC.
Desmovilización de la guerrilla y su detención en Bolivia
Luego de la firma de los Tratados, Facundo y miles de (ahora) exparticipantes de la guerrilla se trasladaron a campamentos de desmovilización o “zona veredal”. Permaneció cerca de un año en ese campamento aprendiendo oficios mientras aguardaba la resolución de su situación legal, según comentó en su relato Gustavo Franquet.
El campamento seguía regido por la jefatura de las FARC, y estaba custodiado por fuerzas de seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). De todas maneras, no estaba encerrado y el campamento no era una prisión. Trás obtener el permiso de sus superiores, Molares decidió abandonar el lugar y regresar a Argentina por tierra. Previo paso por Ecuador, Perú y Bolivia.
Cuando la situación en Bolivia se tornó más complicada, la revista digital “Centenario” invitó a Facundo para cubrir lo que era un inminente golpe de Estado en ese país. Molares fue herido de bala mientras cubría los enfrentamientos entre manifestantes y la policía/ejército y luego lo detuvieron. En ese momento no pesaba sobre él ninguna orden de detención, pues su causa en Colombia estaba en revisión por la JEP, como ya se aclaró antes.
Argentina intercedió para repatriar a Facundo por causas humanitarias una vez que la situación política en Bolivia se volvió más estable. En ese contexto, regresó a nuestro país y se dirigió a Chubut a visitar a su padre y atender su estado crítico de salud.
Reinicio de la causa en Colombia
En octubre de 2021, la Fiscalía General de la Nación en ese país decidió que a Molares no le correspondía la Jurisdicción Especial para la Paz. De esta manera, reinició el proceso en el fuero ordinario penal. Esto sucedió a pesar de que los delitos que le imputan claramente se encuadran dentro del ámbito de la JEP.
Esta decisión fue impulsada por el mismo sector político que desde el inicio de los acuerdos de paz se manifestó en contra de la amnistía para la guerrilla e intentó boicotear la firma, conforme a la narración del abogado de la causa.
La Fiscalía consiguió que una jueza de garantías emitiera, nuevamente, una orden de captura internacional para Molares. Como Facundo se encontraba en Esquel (Chubut) al momento de la detención, la policía lo puso a disposición del juez federal de la zona: Guido Otranto.
Juicio de extradición
Después de una semana de audiencias, Otranto dictaminó “parcialmente procedente” la extradición de Molares sobre los delitos de secuestro extorsivo y homicidio. De acuerdo a la explicación de Gustavo Franquet, esta instancia está regida por la Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal.
Esta ley dictamina que el pedido de extradición debe ser solicitado por una autoridad competente. Según el abogado defensor, la jueza de garantías que emitió la orden no es competente, porque desde 2016 la competencia sobre conflictos bélicos internos en Colombia le corresponde exclusivamente a la JEP.
A su vez, Franquet agregó: “Por otro lado, el fallo no debió basarse en el derecho penal ordinario, si no en el derecho internacional humanitario”. De esta manera, estos delitos se convierten en “delitos políticos” y en ese caso tampoco procede la extradición según nuestro país.
Corte Suprema de Justicia
Con el revés judicial, a la defensa de Facundo Molares le queda únicamente la opción de apelar y esperar una resolución de la Corte Suprema de Justicia. Seguirá detenido en Ezeiza hasta que el máximo Tribunal de Justicia se expida al respecto. Una vez que quede firme la sentencia, o sea descartada por la Corte, le corresponde al Ejecutivo (que deriva la decisión en el ministro de Relaciones Exteriores) firmar la extradición solicitada por Colombia.
Existen más que justificados temores acerca de la suerte que puede correr Facundo en aquel país. La propia Corte Constitucional colombiana reconoce que la situación es estructural y que ya fueron asesinades aproximadamente 500 desmovilizades de la guerrilla.