El Gobierno aumentó el precio del biodiesel que se utiliza para la fabricación de combustibles
A través de la Resolución 209/2022, publicada el 6 de abril, en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía, a cargo de Darío Martínez, anunció los valores para los próximos meses del producto destinado a su mezcla obligatoria con gasoil.
Para las operaciones a llevarse a cabo durante el mes de abril se comercializará a $179.451 por tonelada, mientras que en mayo esa cifra ascenderá a $182.143. En tanto, para las operaciones correspondientes a junio el precio será de $185.785; en julio subirá a $194.297 y en agosto sucederá el último aumento programado -hasta el momento- que elevará el precio por tonelada a $198.143.
Desde el área que depende del Ministerio de Economía de la Nación resolvieron que “el plazo de pago del biodiesel no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente”.
El biodiesel, elaborado a partir de la soja, se usa en camiones, tractores y maquinaria agrícola. A diferencia del bioetanol, que se produce a partir de caña de azúcar y de maíz, se mezcla con naftas y tiene a los autos como destino final.
La ANMAT prohibió un aceite de girasol y otros dos productos con irregularidades
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), a través de su publicación en el Boletín Oficial, prohibió el pasado miércoles un aceite de girasol, un producto de limpieza y un colágeno hidrolizado.
En ese sentido, la Resolución 2580/2022 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del aceite de girasol marca “Perdriel”, RNPA N° 02-571050, fraccionado y envasado en Perdriel 4763 – San Martín, pcia. de Buenos Aires, RNE N° 02-033960, por carecer de registros sanitarios y consignar un RNPA y un RNE inexistentes, resultando ser “falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.
La disposición señala que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación proveniente de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL), según la cual, en el marco de un Programa de Monitoreo, tomó una muestra del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Luego, se realizó la consulta federal para verificar si el establecimiento se encontraba habilitado. En ese sentido, se informó que el registro del lugar era inexistente en las bases de información observando que la razón social Aceitera Perdriel no elabora más en ese sitio y se efectuó otra para comprobar si el producto estaba autorizado.
Además, en el documento se explica que según el resultado el perfil de ácidos grasos no se corresponde con un aceite de girasol, por esto, se emitió una alerta alimentaria que prohíbe la tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de Santa Fe del mencionado producto, el cual se halla en infracción por carecer de registros sanitarios, consignar un RNPA y un RNE inexistentes.
Bono para jubilades: el Gobierno oficializó el pago de $6.000 en abril
A través del Decreto 180/2022, publicado el Jueves 6 de abril, en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo confirmó que se otorgará “un subsidio extraordinario por un monto máximo de $6000 que se abonará en el mes de abril de 2022″.
El bono será de $6.000 para jubilades, pensionades y titulares de pensiones no contributivas, que comenzará a pagarse este mes.
También lo recibirán beneficiaries de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA); de la Pensión Universal para el Adulto Mayor; y los beneficiaries de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijes o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
El Gobierno dispuso que “para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $32.630,40, el subsidio extraordinario será equivalente a $6.000 y para aquellos titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $38.630,40″.
Se aclaró que para percibir el presente subsidio extraordinario los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo período mensual en que se realice su liquidación.