El pasado 18 de enero, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), perteneciente a la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, emitió un dictamen que insta a la desinversión de la firma The Walt Disney Company sobre 21 Century Fox INC.
El 19 marzo de 2019 la firma Disney concretó la compra 21 Century Fox INC. La transacción incluyó la adquisición de los estudios de TV y cine, redes de entretenimiento por cable y negocios de TV internacional de la segunda firma.
Este hecho, afirmó la CNDC, tiene efectos negativos en la competencia del mercado de comercialización de canales deportivos de TV por cable en Argentina. Debido a que la firma en cuestión concentra el 64% de las señales dedicadas a deportes. Incluso, previo al dictamen, la comisión había emitido un “Informe de Objeción” en el cual alertaba sobre tales efectos.
Lo anterior atenta con lo expresado por el artículo 8º de la Ley 27.442 en Defensa de la Competencia. El cual prohíbe las concentraciones económicas que restrinjan o distorsionen la competencia siendo perjudicial para el interés económico general.
Es por ello que se insta a Disney a que retire la inversión y venda a terceros algunas de las señales que tiene en su poder a fin de restaurar la competencia efectiva. El plazo para realizarlo es de un año con la posibilidad de una prórroga de seis meses.
Repercusión en la transmisión deportiva, cine y el streaming
La firma de Disney controla 7 de las 9 señales deportivas básicas a saber: Espn, Espn 2, Espn 3, Espn+, Fox Sports, Fox Sports 2 y Fox Sports 3. Siendo las otras dos señales deportivas TyC SPORTS, de la empresa TELE RED IMAGEN S.A., y DEPORTV, de RTA.
Es por ello que las autoridades exigen que la empresa en cuestión transmita de forma abierta y gratuita, hasta que se efectúe la desinversión estipulada, los contenidos relevantes de cada uno de los eventos definidos dentro de los “contenidos fundamentales”. Entre ellos: la Copa CONMEBOL Libertadores de América, referida al fútbol, o la ATP World Tour 250 – ATP Córdoba, referida al tenis.
Asimismo, deberá transmitir al menos dos partidos de fútbol de la liga local que se emiten en el canal premium de FoxSports, siendo uno referido al equipo de River o Boca debido a la mayor convocatoria y audiencia que atraen.
Un mercado monopolizado
Respecto a la distribución del cine, la información recolectada por la comisión afirma que la fusión tiene una participación conjunta del 70,5% en 2016 y del 54,5% en 2017.
Asimismo, que presenta un valor superior a los 2500 puntos, establecidos por la Comisión Federal de Comercio de Estados Unidos; demostrando un mercado altamente concentrado y pudiendo así restringir o distorsionar la competencia.
Sumado a lo anterior, “la Comisión Nacional no ha podido corroborar la desvinculación de FOX y WARNER BROS, quienes desde 1996 mantienen un contrato de operación conjunta para la distribución de películas, creando así un escenario de elevada concentración de mercado”, aseveró el dictamen.
Por otro lado, en relación al servicio de streaming, al ofrecer la venta de paquetes y concentrar derechos exclusivos sobre eventos de alto interés, se estima que afecte negativamente el surgimiento en el país de nuevos operadores y/o nuevas formas de comercialización de señales de televisión paga; ya que evita o retrasa la competencia y la innovación en el mercado de televisión paga.
A su vez, deberán mantener estable para cada une de les operadores la relación existente, previa a la fusión, del precio de las señales deportivas y el precio del abono básico.
Finalmente, la CNDC advierte que “para el supuesto en que opere el vencimiento del plazo y no se diera cumplimiento con la desinversión de las Medidas de Carácter Estructural, los condicionamientos conductuales detallados se extenderán por un plazo de CINCO (5) años desde la fecha en que opere dicho vencimiento”.