El Gobierno Nacional oficializó el otorgamiento de un bono de 8.000 pesos para jubilades y pensionades de una jubilación mínima. El mismo beneficiará a 4,6 millones de personas. Lo realizó por medio del Decreto 855/2021 que ofrece el subsidio extraordinario que se acreditará este mes, publicado en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández, junto al jefe de Gabinete, Juan Manzur y el ministro de trabajo, Claudio Moroni.
Dicho bono será abonado entre el 20 y 23 de diciembre. El mismo alcanzará a beneficiaries de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensión Universal para Adulto Mayor; como también pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos, hijas o mas, y afiliados a pensiones no contributivas y graciables.
El artículo N°2 del precepto determina que “para titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $29.061,63; el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $37.061,63”.
El compromiso estatal con les jubilades
El jueves pasado, el presidente, al informar sobre el bono de fin de año reafirmó el acuerdo del gobierno nacional de “ir recuperando poco a poco la capacidad real de compra”; para que “tengan un ingreso digno y puedan vivir con tranquilidad”.
Alberto Fernández declaró que las medidas tomadas van “por el camino correcto” y que va “ a insistir hasta que los jubilados tengan una jubilación digna”; ya que tienen “la certeza y la decisión política de lograr que las jubilaciones aumenten más que la inflación y, poco a poco, vayan recuperando su capacidad real de compras”.
El decreto Decreto 855/2021 establece que “en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes , estos o estas deberán ser considerados o consideradas como un único o una única titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario”.
Se deliberó que el subsidio extraordinario “no alcanza a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las provincias; cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio”.
Días de cobro según la terminación del DNI:
- Las jubilaciones y pensiones con DNI terminados en 0,1 y 2 cobrarán el día 20 de diciembre.
- Aquellas que terminen en 3, 4 y 5 el día 21.
- En el caso de las que finalicen en 6 y 7 el día 22.
- Por último, con terminación en 8 y 9 el día 23.